La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha instado al Ministerio de Industria a no usar la banda de 700 MHz (canales radioeléctricos del 49 al 60) para nuevos canales radioeléctricos y dejarla libre para comunicaciones móviles en previsión de un futuro segundo dividendo digital, según consta en un informe que data de julio, antes de la aprobación del Real Decreto de Televisión Digital Terrestre (TDT), pero de reciente publicación.
El organismo regulador recuerda que la banda de 700 MHz es una de las que presenta «mayores atractivos» para el cumplimiento del objetivo de reducir la 'brecha digital' y contribuir a los objetivos de la Agenda Digital para Europa, permitiendo que todos los ciudadanos tengan acceso a banda ancha con un mínimo de velocidad de 30 Mbps para 2020 y haciendo posible que la UE tenga la velocidad y la capacidad de banda ancha lo «más elevadas posibles».
«Así, debido a su complementariedad con las bandas actualmente utilizadas, al ser contigua a la banda de 800 MHz, es un rango de frecuencias que se encuentra contemplado como una banda de operación para la tecnología de cuarta generación Long Term Evolution (LTE), estando ya disponible en el continente americano y en la región Asia-Pacífico», añade el organismo.
Por esta razón, el informe la CNMC pedía que de «cara» a la posible liberación del segundo dividendo digital que se puede producir a medio plazo, la reordenación prevista no condicione la fecha de disponibilidad de este espectro y permita a los operadores móviles disponer de los recursos radioeléctricos necesarios para universalizar la banda ancha en los mismos plazos que el resto de países del entorno.
No obstante, en el Real Decreto, aprobado el pasado mes de septiembre, queda establecido que el servicio de televisión digital terrestre se prestará en la banda de frecuencias de 470 a 790 MHz (canales radioeléctricos 21 a 60), lo que supone ocupar parte de la banda de 700 MHz. Industria añade no obstante que se debe evitar «en la medida de lo posible», la utilización de nuevos canales en esta banda de frecuencias y con ello molestias y costes futuros a los ciudadanos y a los operadores del servicio de televisión.
Dos años de retraso en el primer dividendo
La CNMC recuerda que la puesta a disposición de la banda de 800 MHz para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas estaba fijada a nivel europeo para la fecha 1 de enero de 2013, por lo que la disponibilidad en el 1 de enero ya supone «dos años de retraso». Cabe recordar además que Industria aprobó ampliar el plazo máximo de liberación del dividendo digital hasta el 31 de marzo de 2015 para facilitar que puedan avanzar las adaptaciones sin perder ningún canal de televisión durante el proceso.
Asimismo, la CNMC aconseja que, en el caso de que el incremento de los múltiples pusiera en riesgo la capacidad de liberar la banda de 700 MHz y de mantener la pluralidad de medios, se estudien otras alternativas para lograr el objetivo de garantizar una pluralidad de la oferta que tuvieran «menos impacto» desde el punto de vista del consumo de espectro radioeléctrico.
El organismo insiste además en que dadas sus funciones de supervisión y control del mercado de comunicación audiovisual, sería recomendable que estuviera involucrada «activamente» en la definición y análisis de las condiciones de acceso al mercado audiovisual, así como, en el análisis de las ofertas presentadas para «asegurar y garantizar un mercado audiovisual plural, diverso y competitivo».