La libertad vigilada prevista hasta el momento en el proyecto de reforma del Código Penal en supuestos como los asesinatos graves o la violencia de género desaparecerá previsiblemente de la norma después de que el grupo parlamentario popular en el Senado haya solicitado su supresión a través de una enmienda registrada en la cámara alta a última hora de la noche de este miércoles.
La nueva medida estaba prevista para el cumplimiento posterior a la condena de cárcel y suponía un control judicial que implicaba la localización permanente, comparecencias periódicas y la prohibición de no aproximarse a la víctima. Su duración era de un máximo de 5 años aunque se extendía a 10 en casos graves.
El Proyecto de Ley incluía esta medida para los casos de asesinato castigados con pena de prisión permanente revisable, es decir, los cometidos contra víctimas menores de 16 años o personas especialmente vulnerables, las agresiones sexuales con resultado de muerte, los asesinatos llevados a cabo por organizaciones criminales o los condenados por matar a más de dos personas.
También aparecía en el artículo 173 que prevé las condenas para quienes ejerzan violencia física o psíquica contra sus parejas o menores y discapacitados que convivan con ellos.
Se elimina así una de las iniciativas que el Gobierno se comprometió a adoptar en la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia sobre la Mujer diseñada por el Ministerio de Sanidad, un plan con vigencia hasta 2016 que contempla «extender la medida de libertad vigilada a los delitos de violencia de género» para mejorar la respuesta institucional a esta lacra social.
Suprimir esta previsión contradice asimismo las recomendaciones del Consejo General del Poder Judicial y, en particular, del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género adscrito a esta institución, que viene reivindicando la extensión de la libertad vigilada para estos delincuentes desde al menos 2011 y había aplaudido su incorporación al Código Penal.
En relación con la libertad vigilada, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este mismo jueves la introducción de esta medida en la proposición de ley de reforma del Código Penal en materia de terrorismo, derivada del pacto contra el yihadismo entre 'populares' y socialistas.
Según han informado fuentes gubernamentales, la medida se mantendrá, además, para los agresores sexuales. Durante la revisión de Código en el Congreso de los Diputados se eliminó la referencia a la libertad vigilada a excepción de estos dos artículos ahora enmendados por el PP en el Senado.
Atentado contra la autoridad
El grupo también ha propuesto la eliminación del endurecimiento de penas previstas para aquellos que atenten contra la autoridad en manifestaciones o reuniones públicas, introducida, en este caso en el proyecto de ley orgánica de modificación del Código. Los 'populares' consideran que la pena mínima de tres años y un día, recogida en la reforma de la norma, «podría resultar desproporcionada en algún caso».
Las enmiendas presentadas provocarán previsiblemente otros cambios significativos. Por ejemplo, se incrementarán las penas para aquellos que participen en un motín en algún establecimiento penitenciario, que se enfrentarán a posibles condenas de hasta cuatro años de prisión.
El PP ha propuesto, además, ampliar los supuestos de atentado contra la autoridad e incluir los actos de agresión, intimidación grave o violencia cometidos «contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de la funciones propias de su cargo».
El grupo parlamentario en el Senado quiere también eliminar el cambio de 400 a 500 euros del límite previsto para el hurto ya que «no parece oportuno incrementar en los momentos actuales la cantidad delimitadora entre unas y otras infracciones» y propone cambios técnicos que mejorarían para aumentar la persecución de multirreincidentes en casos como los butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.
Mejorar el decomiso
Otro de los cambios sugeridos es el referente a los decomisos donde se propone, para garantizar su efectividad, que los bienes, medios, instrumentos y ganancias puedan «ser aprehendidos o embargados y puestos en depósito por la autoridad judicial desde el momento de las primeras diligencias».
Los 'populares' introducen, además, un nuevo artículo en el Código para castigar con mayores multas la práctica de caza y pesca furtiva. Además, si este furtivismo provocara graves daños al patrimonio cinegético se podrán imponer penas de prisión de seis meses a dos años.