El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha acordado la conclusión sin procesamiento del sumario en el que se investiga la muerte del objetor de conciencia Juan Carlos García Goena ocurrida el 24 de julio de 1987 en la localidad francesa de Hendaya tras la colocación de un artefacto explosivo en la parte inferior de su vehículo, el último asesinato reivindicado por los Grupos Armados de Liberación (GAL).
En un auto, dictado este lunes, el juez Ruz envía este sumario a la Sala de lo Penal para que confirme o revoque su resolución y se pronuncie sobre un «eventual sobreseimiento» del procedimiento, al no ser él competente para hacerlo, emplazando a las partes a pronunciarse en el plazo de diez días.
Ruz considera que procede concluir la investigación al haberse agotado todas las vías de investigación sin encontrar «indicios de criminalidad contra persona o personas determinadas» por los hechos investigados en estas actuaciones. La Fiscalía solicitó esta actuación, sin perjuicio de que se produzcan nuevas declaraciones «inesperadas».
En el auto, el magistrado detalla las diligencias practicadas desde que se reabrió este caso, el 12 de julio de 2012, a instancia de Laura Martín, viuda de García Goena, que pedía investigar los hechos después de que el diario EL Mundo publicara en enero de 2011 que un fotógrafo de Hendaya llamado Patxi y dueño del estudio Photo Galaxia, retrató a su marido y esa instantánea sirvió al comando para «identificarle y darle muerte».
Entre las diligencias de investigación practicadas, el juez recuerda que ha tomado declaración como imputado del fotógrafo, quien negó tener relación con los GAL y haber entregado la fotografía a dicha organización criminal. Además, escuchó en calidad de testigos al periodista Antonio Rubio, a José Amedo y a la viuda de García Goena, mientras que practicó un careo entre ésta última y el fotógrafo.
Además, se incorporó a la causa el material fotográfico del que disponían los testigos, se escuchó a un guardia civil que estuvo destinado en Irún y se pidió un informe a la Comisaría General del Información «en el que se afirma desconocer los hechos a los que hace referencia la información periodística».
«De todas las diligencias de investigación realizadas hasta el momento no se desprende que la fotografía objeto de investigación sirviera a los autores materiales –de los que hasta hoy no se conoce su identidad– para llevar» a cabo «la acción criminal objeto del procedimiento, así como tampoco que el autor de la misma pudiera haber colaborado en la comisión de los hechos investigados», concluye el juez, en consonancia con el fiscal.
Ruz recuerda todo el recorrido judicial previo de esta causa y la sentencia, del 20 de septiembre de 1991, de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, confirmada después por el Tribunal Supremo, en la que se absolvió a los policías José Amedo y Michel Domínguez de la muerte de García Goena.
En julio de 1995, se reabrió el proceso con ocasión de las declaraciones de los expolicías José Amedo, Michel Domínguez o el exdirector de la Guardia Civil Luis Roldán. El proceso se sobreseyó provisionalmente en 2003 para reabrirse en 2012 tras las informaciones periodísticas sobre el fotógrafo de Hendaya.