El magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro ha decidido este jueves continuar el procedimiento abierto contra los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves al estimar que existen indicios de que pudieron incurrir en un delito de prevaricación administrativa.
El juez ha abierto una doble vía, instando por un lado el suplicatorio de Chaves y de los también aforados José Antonio Viera -al que también imputa malversación de fondos públicos- y Gaspar Zarrías, ambos diputados, y dejando fuera del procedimiento a la exconsejera y senadora Mar Moreno, en la que no encuentra delito.
Por otro lado, y tras perder Griñán su condición de aforado, el instructor eleva a través de un auto los indicios recabados en su contra y solicita que, por razones de conexidad, siga siendo enjuiciado junto con el resto de aforados.
Así, para Chaves, Viera y Zarrías el juez eleva una exposición motivada a la Sala que admitió en caso, que actuará de mero correo para que tramite el preceptivo suplicatorio ante el Congreso de los Diputados, necesario en este momento para continuar el procedimiento contra ellos. La citada Sala no puede cuestionar el contenido de dicho escrito y simplemente lo hará llegar a la cámara baja.
En el caso de Griñán, el magistrado motiva a través de un auto los indicios recabados contra él por los que se le imputa el delito de prevaricación, al que le considera presunto coautor y por tanto desde el punto de vista sustantivo material debe ser enjuiciado conjuntamente con los restantes aforados. Este auto puede ser recurrido por la defensa del expresidente andaluz, han señalado fuentes del alto tribunal.
A lo largo de los 130 folios de la exposición motivada el magistrado Alberto Jorge Barreiro analiza en primer lugar el sistema establecido durante diez años, de 2000 a 2010 para conceder ayudas socio laborales a empresas y particulares por parte de la Junta de Andalucía.
El juez relata cómo el sistema legal de subvenciones se fue modificando para convertirse con el paso del tiempo en la figura de transferencias de financiación, con una ausencia del control propio de las subvenciones.
Modificaciones presupuestarias arbitrarias
Una vez que se ha detallado la mecánica establecida para conceder las ayudas socio laborales el juez recoge las 22 modificaciones presupuestarias que se aprobaron a lo largo de estos años y que resultan relevantes para configurar el delito de prevaricación.
Esas modificaciones presupuestarias fueron arbitrarias ya que según el juez, «se estaba haciendo un ejercicio arbitrario del poder que tenían atribuido, como integrantes del consejo de gobierno, poder que se desviaba hacia unos objetivos que tenían un componente claramente ilícito, por el sistema arbitrario aplicado». Es decir, se realizaba un aporte sustancial de dinero para pagar subvenciones ilegalmente concedidas.
El juez cita las palabras del interventor general en un escrito dirigido al Parlamento de Andalucía en el que señalaba que los imputados «cebaron sin descanso la partida de los eres». En su exposición detalla todos los indicios recabados contra los aforados, así como las advertencias reiteradas del entonces del que fuera interventor Manuel Gómez Martínez como un elemento fundamental para acreditar el conocimiento de la ilegalidad del sistema establecido.
Alberto Jorge Barreiro concluye que el sistema de subvenciones investigado fue ilegal. El magistrado se pregunta si un sistema de intervención es eficaz «cuando el que hace la labor de interventor general tiene que controlar la actuación de quienes lo nombran discrecional mente para ejercerla, es decir, si el interventor puede realizar un control eficaz cuando es nombrado discrecional mente por el intervenido».
El magistrado cuestiona el desconocimiento que esgrimieron los distintos aforados cuando comparecieron en el Tribunal Supremo y recuerda que se ha investigado una estructura claramente jerárquica y piramidal «.
Conspiración de silencio
Así, el auto de Griñán incluye afirmaciones de gran dureza como que «no solo es que la falta de entrega por la viceconsejera de los informes que se dirigen al consejero contradiga de forma patentemente irrazonable lo que sucede en casos similares, sino que de acogerse la versión del imputado, en la junta de Andalucía habría un sector de altos funcionarios (de viceconsejerías hacia abajo) que estarían realizando una especie de complot o de conspiración del silencio dentro de las Consejería de Empleo, Economía y Hacienda para ocultar a los respectivos consejeros los informes relevantes y alarmantes que les llegaban referentes al sistema de aplicación de las transferencias de financiación».
El juez considera además que el sistema de conceder ayudas o subvenciones mediante las transferencias de financiación generaba el falseamiento del presupuesto.
855 Millones presupuestados
El magistrado cuantifica en 855 millones de euros el dinero presupuestado y que la Junta de Andalucía gastó y pagó desde 2000 a 2010 en las subvenciones acordadas y concedidas.
En relación al perjuicio económico ocasionado a la Administración andaluza, el magistrado considera que no se podrá valorar con exactitud a hasta pasados unos años y añade que el grueso mas importante de este dinero se dedicó a los 77 eres, en donde se efectuaron pagos excesivos.
El magistrado dedica también un apartado en el auto de Griñan a destacar los problemas que plantean los aforamientos, en cuanto que fragmenta el proceso e impide un enjuiciamiento conjunto, cuando el aforado además puede renunciar al fuero en un momento determinado.
Alberto Jorge señala igualmente que la causa se ha instruido durante 4 años en Sevilla sin que la juez haya podido investigar directamente a la cúpula de la pirámide funcionaria de la Junta de Andalucía por tener la condición de aforados. Y cuando el Supremo Entra a hacerlo, cuatro años después, «la investigación procesal ya está consolidada y las posibles vías o fuentes de averiguación directas contra los aforados se muestran ya mas bien marchitas o inaccesibles para reiniciar una instrucción».
En el caso de Griñan el juez entiende que por las razones de conexidad e inescindibilidad del contenido de la causa y dada la posible coautoría de un presunto delito de prevaricación no procede atribuir la competencia al juzgado de Sevilla.
Implicación de Chaves
Barreiro defiende sobre los tres aforados para los que pide el suplicatorio, sobre la base de la investigación llevada a cabo por Alaya, la decisión de crear un sistema ilegal para conceder subvenciones a través de transferencias de financiación fue «marcadamente política», tuvo su origen en el año 2000 y se extendió durante varias legislaturas.
Por ello, estima «altamente probable» que el expresidente Chaves, a quien le correspondía fijar las directrices generales del Gobierno, y el consejero de Presidencia Zarrías, tomaran la iniciativa en connivencia con Viera, «al margen de nuestro ordenamiento jurídico» y estando claramente implicadas las consejerías de Economía y hacienda y la de Innovación y Desarrollo. «Estaban haciendo un ejercicio arbitrario del poder que tenían atribuido», indica.
Agrega el magistrado que todos ellos actuaban de «forma consciente y a sabiendas» con la intención de saltarse la normativa reguladora de las subvenciones. En este sentido, Barreiro argumenta que cuando varios informes externos a la Junta de Andalucía insistieron en apuntar que el sistema era ilegal, «los responsables se limitaron a suprimir el rótulo de transferencia de financiación» pero no aplicaron la normativa correcta.
El instructor agrega que los tres imputados, «realizaron una conducta activa patente consistente en aprobar importantísimas partidas de dinero en Consejo de Gobierno con el fin específico de que se destinaran a ayudas sociolaborales y a empresas a sabiendas de su procedencia ilícita».