El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Gobierno central contra la Ley valenciana que regula el acceso universal a la atención sanitaria a personas extranjeras en situación administrativa irregular, lo que supone la suspensión automática de la normativa recurrida.
Según una resolución del TC, la admisión a trámite conlleva la «suspensión automática» de la norma porque en el recurso el Gobierno invocó la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que establece que el Ejecutivo «podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas» y la impugnación «producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses».
El pasado 23 de octubre el Consejo de Ministros acordó solicitar al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto-Ley 3/2015 por el que se regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Valenciana, una de las medidas adoptadas por el Consell presidido por Ximo Puig, al considerar que la norma podía incurrir en una «extralimitación competencial».
El Gobierno argumentaba que la norma valenciana «vulnera la competencia estatal para establecer el ámbito objetivo y subjetivo de la Sanidad e incurre en extralimitación competencial porque regula una materia que corresponde exclusivamente al Estado».
A principios del mes de octubre, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas envió una comunicación oficial a la Generalitat Valenciana en la que le informaba de que se habían planteado determinadas «discrepancias» con el decreto ley que regula el acceso universal a la atención sanitaria a personas inmigrantes en la Comunidad –que convalidaron las Corts el pasado mes de septiembre– al considerar que vulneraba competencias estatales.