miércoles, noviembre 27, 2024
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Un año de cárcel por pedir «pegar un tiro en la nuca a la infanta, porfis»

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La Audiencia Nacional ha condenado a un año de cárcel a un joven bilbaíno, Ibai Otxoa Gil, por un delito de enaltecimiento del terrorismo cometido al escribir en la red social Twitter comentarios como «¿Alguien puede pegarle un tiro en la nuca a la Infanta? Porfis».

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, presidida por la magistrada Ángela Murillo, ha impuesto esta pena al acusado, después de que éste haya reconocido los hechos y su defensa, ejercida por el abogado Kepa Landa, haya alcanzado un acuerdo de conformidad con el fiscal Juan Antonio García Jabaloy.

El tribunal, que ha condenado también a Otxoa a siete años de inhabilitación absoluta, se pronunciará en sentencia sobre la suspensión de la ejecución de la pena que ha sido solicitada por el abogado defensor y respaldada por el representante del Ministerio Público, a la vista de que el joven no cuenta con antecedentes penales y la pena que le ha sido impuesta es inferior a dos años de prisión.

El procesado, que se enfrentaba en un principio a un año y medio de cárcel, escribió en los años 2013 y 2014 una «gran» cantidad de mensajes, comentarios escritos e imágenes en los que, de manera explícita y reiterada, justificaba la actividad de la organización terrorista ETA.

El acusado propuso hacer un «escrache» a las víctimas de ETA e incitó a cometer «un ataque terrorista» contra la antigua líder de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), Rosa Díez. En otro comentario apuntaba: 'Juguemos a la ouija: G-o-r-a E-T-A m-i-l-i-t-a-r-r-a».

Otxoa Gil, que fue detenido el 6 de noviembre de 2014 por la Guardia Civil por su actividad en las redes sociales, también «humilló» a las víctimas de ETA al escribir tuits como 'ojalá a Irene Villa la hubieran matao (sic)' o 'los 'twitterroristas se ríen porque quedarán libres y Ordóñez no', en referencia al exconcejal del PP Gregorio Ordóñez, asesinado por la banda.

El fiscal destacó en su escrito que los hechos reúnen el requisito de difusión pública que exige el Código Penal para el delito de enaltecimiento del terrorismo, ya que los comentarios que escribió eran «accesibles de manera pública y sin ningún tipo de restricción» y su intención era que tuvieran «un gran nivel de difusión».

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