sábado, septiembre 28, 2024
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El juez absuelve a los ‘ocho de Airbus’

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El titular del juzgado de los Penal número 1 de Getafe ha absuelto a los ocho sindicalistas, conocidos como los ‘ocho de Airbus, encausados por los disturbios que tuvieron lugar en la huelga general de 2010 a las puertas de la sede de la empresa. La Fiscalía los acusó de tres delitos: atentado contra los derechos de los trabajadores, atentado contra la autoridad y lesiones. Solicitó penas de prisión de ocho años y tres meses para cada uno de ellos, 64 años en total.

Sin embargo, la sentencia del caso emitida este miércoles ha confirmado que no existen pruebas que demuestren que los ocho imputados cometieron los hechos de los que se les acusaba y por eso, el magistrado ha acordado aplicarles el principio de presunción de inocencia. En la última jornada de juicio, que se ha celebrado entre los días 9 y 12 de febrero, el Ministerio Público retiró la acusación contra dos de los sindicalistas y redujo la petición de pena de prisión del resto de acusados de ocho años y tres meses a cuatro años y seis meses.

En concreto, el escrito del juez recoge que no queda suficientemente probada la participación de los acusados en los altercados. «Ni los policías ni los testigos reconocieron como autores de los hechos durante el plenario y en otras pruebas practicadas a algunos de los acusados”, explica el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un comunicado.

La resolución ratifica que la mañana del pasado 29 de septiembre de 2010 se produjeron altercados en la puerta de acceso a la empresa Airbus en Getafe y que se impidió la entrada a los trabajadores que no quisieron secundar la huelga. También queda probado que un policía de la Unidad de Intervención Policial allí presente, intervino para disuadir los enfrentamientos y disparó varias veces al aire, por lo que, además, se le abrió un expediente disciplinario. Sin embargo, el magistrado explica que se debe probar que los imputados participaron en los altercaron de forma personal y no colectiva, y que no existen pruebas que lo confirmen.

“La falta, pues, de acreditación de la imputación personal de hechos concretos a cada uno de los acusados, hace de por sí innecesario abordar en profundidad el estudio de una posible coautoría de los acusados por tener los mismos un dominio funcional del hecho, pues es de sobra conocido que tal forma de atribuir la coautoría requiere, además del reparto de roles, de un acuerdo previo hoy huérfano de todo soporte probatorio”, dice la sentencia. Por último concluye: “Aquí, repetimos, no queda probada ni la existencia de pactum sceleris ni la realización de hechos conforme a los roles asignados”.

De hecho, el fallo también indica que a los sindicalistas encausados “se les atribuyen actividades mediadoras de apaciguamiento tanto en el momento de los hechos como una vez producidas las detonaciones». Los acusados, por su parte, siempre negaron los hechos y se declararon inocentes. Tal y como explicó José Alcázar, uno de los acusados y portavoz de los 8 de Airbus, a este diario, se consideran inocentes y denuncian que el objetivo del Gobierno es “criminalizar” el derecho de huelga. “La acusación a los ‘ocho de Airbus’ es una orden política”, manifestó.

Además, los ‘ocho de Airbus’ han recibido el apoyo de la mayoría de partidos políticos y sindicatos, incluso a nivel internacional. Tanto las organizaciones CCOO, UGT, como el PSOE, Izquierda Unida, Podemos, Jueces para la Democracia coinciden en la necesidad de derogar el artículo 315.3 del Código Penal, por el que han sido juzgados los sindicalistas, puesto que creen que sanciona a los piquetes informativos en las huelgas generales.

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