jueves, noviembre 28, 2024
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La defensa de Rosario Porto dice que se la condenó con «especulaciones»

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La defensa de Rosario Porto, el letrado José Luis Gutiérrez Aranguren, ha manifestado este martes, en la vista de apelación en la que pide la absolución de su clienta, que su condena se basó «en especulaciones» como resultado de una investigación en la que, a su juicio, se «tergiversaron pruebas para buscar condenas».

Frente a este argumento, en su alegato ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la Fiscalía ha rechazado «la teoría de la conspiración» de la defensa de Porto y ha incidido en «las contradicciones» de ésta en sus declaraciones.

Mientras, el letrado de la Asociación Clara Campoamor, Ricardo Pérez Lama, que ejerce la acusación popular, ha apelado a la existencia de «pruebas de cargo» contra Rosario Porto y contra Alfonso Basterra en relación a la muerte de Asunta, cuyo cadáver apareció en una pista forestal de Teo (A Coruña) en la madrugada del 22 de septiembre de 2013.

Tras la condena a 18 años de prisión por asesinato, con agravante de parentesco, que la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña dictó para ellos en base al veredicto unánime de culpabilidad del jurado, ahora será el TSXG el que determine si mantiene la sentencia o la revoca, en base a la petición de absolución de las defensas.

La vista de apelación, fijada para las 10,00 horas, ha comenzado con un cuarto de hora de retraso y se ha prolongado hasta pasadas las 14,30 horas, con la exposición del recurso del letrado de Rosario Porto, al que ha seguido la réplica de la Fiscalía y la del letrado de la Asociación Clara Campoamor.

Sin pruebas, para la defensa

Sus intervenciones han sido seguidas desde el banquillo de los acusados por los padres de Asunta. Los dos se han mostrado en algunos momentos cabizbajos, en otros escuchando el relato de las partes y, en ocasiones, mirando al tribunal.

En su alegato, de casi dos horas y media, José Luis Gutiérrez Aranguren ha rechazado la existencia de «prueba de cargo» contra su clienta y ha defendido que se la condenó en base «a una idea preconcebida».

«Primero se determinó la culpabilidad y luego se buscaron los elementos que pudieran sustentarla», ha expuesto, indicando que se vulneró la presunción de inocencia. También ha ido rebatiendo cada uno de los hechos probados por el jurado, al igual que ha hecho con algunos testimonios aportados en el juicio.

Críticas a la investigación

Entre otras cuestiones, ha señalado que en la investigación y en la autopsia «se especuló» con la hora de la muerte de la menor «para encauzarla a un horario determinado». También ha tildado de «especulación gratuita» de un agente de la Guardia Civil el supuesto intento de la madre de hacer desaparecer unas cuerdas como con las que se habría atado a Asunta.

Frente a las tesis de acusación popular y de Fiscalía de que fue Porto quien llevó el cadáver de su hija a Teo, ha mencionado el testimonio del matrimonio que residía en las proximidades. «Pasó tres veces y el cuerpo no estaba», ha dicho.

A mayores, ha mencionado el hecho de que no hubiese «perfil genético» de la menor en las cuerdas o que ésta caminase «normal» cuando una amiga la vio en las horas en las que, según se consideró probado, sus padres ya le habrían suministrado altas dosis de lorazepam.

De no tenerse en cuenta su petición de que Rosario Porto sea considerada inocente, Aranguren ha reclamado que se declare la nulidad del juicio, al considerar que se vulneró el principio de presunción de inocencia.

Veredicto fundamentado, según Fiscalía

«Nunca he visto un veredicto tan fundamentado», le ha replicado, por su parte, el fiscal José Ramón Piñol, quien ha precisado que «la valoración de la prueba» no es una cuestión que pueda discutir el TSXG en su fallo. También ha descartado la «teoría de la conspiración» que, en su opinión, plantea la defensa de Porto.

Aunque el fiscal ha admitido que no hay «un indicio directo único» contra ella, ha recalcado que hay que apuntar a «pequeños indicios», entre los que ha citado la «extrañeza» que produce que los padres de Asunta fuesen captados «por unas cámaras y no por otras».

También ha apuntado a los testimonios de profesores sobre el estado en el que acudió, en alguna ocasión, la menor a clase, en alusión a episodios de sedación anteriores que la sentencia considera probados.

Crimen de ''común acuerdo''

A estos mismos argumentos ha apelado el letrado de la Asociación Clara Campoamor, quien ha incidido en que a la niña se le llegó a dar «27 pastillas» de lorazepam el día de su muerte. No obstante, Pérez Lama ha rechazado, en base a un informe pericial, que eso le impidiese caminar con normalidad horas después.

En su intervención, ha señalado que las profesoras de la menor relataron «pormenorizadamente todos los episodios de intoxicación de la niña». Así, ha considerado probado que los padres de «común acuerdo» le suministraron lorazepam, en línea con lo defendido por el jurado en su veredicto de culpabilidad.

«Estas señoras -ha dicho también, sobre las profesoras- lo que dicen es que la niña estaba drogada, somnolienta, descoordinada», ha recalcado el letrado, quien ha apelado al contenido de las pruebas periciales.

Ricardo Pérez Lama ha indicado que, si no había perfil genético en las cuerdas, era porque Asunta llevaba el día de su muerte «un chándal» y, frente a los argumentos del letrado de Porto, que ha cuestionado que se permitiese la incineración de la menor si se sospechaba de los padres, no ha visto «nada raro» en esa decisión.

También ha defendido la labor de los investigadores, en particular en el caso del hombre cuyo semen apareció en una prenda de la menor y, finalmente, quedó desimputado.

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