El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 15 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia a un monitor del grupo Juniors de una parroquia de Xátiva (Valencia) por abusos sexuales a varios menores entre los años 2011 y 2012.
Según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia valenciano, la Sala rechaza el recurso de casación interpuesto por el condenado por quebrantamiento de forma, infracción de ley y de precepto constitucional y confirma el fallo de la sentencia recurrida.
La Sección Tercera de la Audiencia condenó al monitor por varios delitos de abuso sexual con acceso carnal a menor de 13 años, corrupción de menores en la modalidad de elaboración de material pornográfico de menores de edad y quebrantamiento de medida cautelar.
Entre los hechos probados, la sentencia señala que el monitor, sin antecedentes penales, conoció a los menores cuando ejercía su labor como monitor del grupo Junior de una parroquia de Xàtiva y «se ganó su confianza» hasta el punto de que la relación se extendió fuera de estas actividades.
Relata como a uno de los menores lo invitó a su garaje y le insistió en que fuera solo, lo que el menor hizo «entre 10 y 20 veces» y una vez allí, cerró la puerta y lo recostó en el sofá «con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos».
Según el relato de los hechos, practicó al menor una felación y guió la mano del niño hacia su pene con la finalidad de que lo tocase, «a lo que el menor se oponía retirando la mano con fuerza».
En otro de los casos, citó a otro menor en su garaje «con el señuelo de arreglarle la bicicleta, jugar a la videoconsola o tocar la guitarra» y posteriormente, cerró la puerta y se acercó «por detrás, lo abrazaba e iba bajando las manos hasta los genitales, tocándoles por encima de la ropa».
En ambos casos, cuando los menores no contestaban a sus mensajes de SMS o al teléfono o a través de una red social, les hacía ver lo triste y dolido que estaba, con la intención de «generar un sentimiento de culpa para que siguiera prestándole atención».
Además, en un registro domiciliario se le ocupó un ordenador, donde, entre otros archivos de contenido pornográfico sobre menores, había fotos y un vídeo de uno de los menores, entonces de 13 años, mientras se masturbaba tras ver una película pornográfica, cuya existencia el acusado reconoció durante el juicio.
El hombre reconoció que tenía relación «de cariño» con los menores pero negó los delitos que se le imputaban y rechazó que hubiera mantenido con ellos «juegos sexuales», como denunciaban las víctimas.
Ante estos hechos, la Audiencia le condenó a varias penas por un total de 15 años, ahora confirmadas por el Tribunal Superior, y a indemnizar, por vía de responsabilidad civil, a los padres de las víctimas, representantes legales de los mismos, con 18.000 euros.