lunes, septiembre 23, 2024
- Publicidad -

Defensa tendrá que indemnizar a una interina como si fuera indefinida

No te pierdas...

El Ministerio de Defensa ha sido condenado a pagar a una trabajadora interina la misma indemnización que si hubiera tenido un contrato indefinido. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado a favor de una trabajadora que llevó a Defensa ante los tribunales por lo que consideró un despido improcedente tras siete años como interina y reclamaba 33 días por año trabajado.

Sin embargo, el TSJ considera que el despido fue procedente por causas objetivas aunque condena al Ministerio a pagarle una indemnización equiparable a la que recibiría si tuviera un contrato indefinido, tal y como le asesora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), a quien elevó una “petición de decisión prejudicial”.

En una sentencia, el TUE establece que “el mero hecho de que este trabajador haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a la mencionada indemnización”, según recoge la sentencia.

De este modo, la mujer, que trabajó como secretaria en distintas subdirecciones de la Dirección General de Armamento y Material, recibirá una indemnización de 20 días por año trabajado, una cantidad que asciende a  6.141,85 euros.

Durante siete años, la denunciante enlazó contratos de “sustitución con carácter interino” de otra trabajadora en situación de liberada sindical, según recoge la sentencia. En 2012, se le notificó la extinción del contrato porque se reincorporó la persona sustituida.

La Sección número 3 de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid responde así a un recurso de suplicación de la demandante después de que un juzgado desestimara su demanda y sentenciara que el despido era procedente. Para  ello, acude a la Justicia Europea para dilucidar una serie de cuestiones.

Hace unas semanas los jueces europeos concluyeron que España no puede discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías de asalariados deberían recibir una compensación económica de 20 días por año trabajado en caso de despido objetivo y de 33 días (45 días hasta 2012) si es un despido improcedente.

Paula Pérez Cava

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -