Al final de esta semana Iberdrola celebra su Junta de Accionistas. Presentará, según sus directivos, un “desempeño brillante” en el último ejercicio. Entre los papeles del Presidente, aunque se note menos, irán también una condena del tribunal Supremo y un expediente abierto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
En el primer caso, por ocultarle a la Comunidad de Madrid información sobre los cortes de suministro. En el segundo, por modificaciones de contratos sin el consentimiento de los clientes. Malas prácticas que, no obstante, no impiden a sus directivos presumir de Responsabilidad Social Corporativa.
Los resultados y el bonus
Iberdrola presentará unos 1400 millones de resultados. Se propone repartir entre sus accionistas un dividendo de tres céntimos por cada una de los seis millones y medio de acciones de la entidad. Para entendernos, 194 millones de euros.
Eso si los máximos ejecutivos se repartirán un bonus de 115 millones de euros en acciones de la compañía, una cifra equivalente al 60% de los dividendos. Debe señalarse que los ejecutivos beneficiados ya disponen de acciones de la entidad. En suma, sumarán un buen pellizco a las retribuciones básicas que no son pingües: el máximo responsable de la sociedad cobra seis millones de euros anuales. No obstante entre salario y percepciones variables habrá alcanzado, en los dos semestres de 2016, los 16 millones de euros.
Hay que decir que ese bonus se consigue, entre oras cosas, porque la entidad ha conseguido un buen desempeño en bolsa. Debe reconocerse que los gestores han encontrado mecanismos para mantener el valor de la acción que no tiene que ver exactamente con los fundamentos de la compañía: han gastado 2000 millones en recomprar acciones de Iberdrola, lo que les ha permitido mantener el precio.
El Empleo y los salarios.
Tampoco parece haber mucha relación entre la buena retribución de los ejecutivos y la política salarial. La entidad presume de que sus salarios pagan por encima del entorno, sin embargo el convenio laboral viene manteniendo tasas de crecimiento inferiores al 1%. No obstante, hay una elevada parte de la plantilla, un 24% fuera del convenio
La entidad ha dejado de ser “española”. Del 78% de empleo español en 2006 ha pasado al 34% en 2016. Es decir, solo 10.395 trabajadores de los 30.591 que tenía la compañía a finales del pasado año lo hacían en España. La tasa de empleo temporal es baja, apenas un dos por ciento.
Futbol femenino, pocas mujeres y teleoperadoras sin convenio
Iberdrola destina casi dos millones de euros a financiar la liga femenina de fútbol. Sin embargo tiene menos preocupación por las mujeres en su plantilla. Por una parte, solo el 24% de la plantilla son mujeres. Y por otra, mientras se financia el futbol se mantiene a las teleoperadoras que trabajan externamente sin convenio y en condiciones laborales deplorables.
Los clientes en situación de vulnerabilidad
La compañía presume de haber gastado en la Comunidad 44 millones de euros, algo así como un 3% del beneficio y, también de mantener una política de atención con clientes en situación de vulnerabilidad. Son embargo, los números parecen sugerir otra cosa, como parecen sugerirlo las prácticas empresariales.
Una sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de los Contencioso, ha puesto en evidencia la política de cortes de suministro de Iberdrola en los años más duros de la crisis. Una política que afectó, en sus inicios, especialmente, a la Comunidad de Madrid.
Dos millones de cortes de luz en cinco años.
Los cortes de suministro de Iberdrola crecieron exponencialmente entre esa fecha superando cifras de medio millón anuales hasta 2014, año en que empezaron a reducirse los cortes.
En 2016, Iberdrola ha cortado la luz a 141.703 personas, fueron 265.000 en 2015: en 2014 las cifras ascendieron a 335.000. En 2013, fueron 588.120 los cortes de suministro. En suma, casi dos millones de corte de suministro en esos cinco años.
Condena del Tribunal Supremo
La condena a Iberdrola tiene su origen precisamente en expedientes informativos abiertos por la Comunidad de Madrid a los que Iberdrola no respondió. La sentencia ahora conocida confirma otra resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en septiembre de 2014, cuando rechazó el recurso de la eléctrica contra la sanción del Gobierno madrileño.
El tribunal ha condenado a pagar a la empresa eléctrica 600.000 euros por retrasar de manera injustificada el envío de información a la Comunidad de Madrid sobre sus cortes de luz.
La sentencia se refiere a cinco meses, en concreto, enero, marzo, junio, septiembre y noviembre de 2010, cuando la compañía eléctrica Iberdrola cortó el suministro de luz a 50.000 familias y empresas madrileñas.
Una cifra que se conoce por primera vez, gracias a esta sentencia, y que pone de manifiesto la desprotección que en muchos casos sufren los consumidores. Y, especialmente, la relevancia de la Comunidad de Madrid en los ámbitos de pobreza energética en el inicio de la crisis: esa cifra supone casi una cuarta parte de los cortes de energía de Iberdrola en toda España.
En la sentencia del Supremo, que le condena a las costas, el Alto Tribunal reitera que Iberdrola fue “negligente” en el suministro de esa información.
En contra de lo argumentado por la compañía, el Tribunal cree que la sanción que en su momento impuso la Comunidad de Madrid, fue “respetuosa con el principio de proporcionalidad, porque se ha impuesto en su grado mínimo (600.000.01 euros), correspondiente a las infracciones graves” que recoge la Ley del Sector Eléctrico. Esta norma castiga esas conductas con hasta seis millones de euros de multa.
La compañía eléctrica, tras varios requerimientos informativos por parte de la Comunidad de Madrid y un proceso sancionador abierto, no remitió en el plazo establecido a la administración pública regional la información requerida. Hecho por el que el Supremo sanciona a Iberdrola con una multa de 600.000 euros.
Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid pidió información a Iberdrola sobre los cortes de suministro que había realizado a raíz de varias quejas que se recibieron en la Dirección General de Consumo, que se remitieron a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, donde varios usuarios indicaban que tras abonar el dinero que acumulaban por no pagar la luz no se les restablecía el servicio.
Tras varias peticiones de información en las que no se recibieron los datos requeridos sobre los meses de enero, marzo, junio, septiembre y noviembre de 2010 , la Comunidad de Madrid inició un procedimiento sancionador el 10 de febrero de 2012 que terminó en una resolución sancionadora el 14 de septiembre 2012, lo que ocasionó que la compañía eléctrica mandara ya fuera de plazo la “información parcial” de lo que se le había requerido, según consta en la sentencia.
La sanción que se le ha impuesto a la eléctrica es el máximo importe de las tipificadas como infracciones leves según la Ley, y según consta en la sentencia.
Miguel de la Balsa