miércoles, noviembre 6, 2024
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Los heridos de Hoyo siguen en el Supremo su lucha por ser indemnizados

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El teniente de Infantería de Marina, José Manuel Candón, no se rinde en su lucha por conseguir una indemnización por la culpa reconocida de la Administración en el accidente que le dejó con una invalidez del 97%. El militar ha acudido ante el Tribunal Supremo para reclamar una compensación por la llamada responsabilidad patrimonial del Estado, algo que la Audiencia Nacional le negó en una sentencia el pasado mes de mayo. Pero ese varapalo no ha impedido que este militar gaditano continúe luchando y ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En esa sentencia, la Audiencia Nacional reconocía la responsabilidad del Ministerio de Defensa, pero niega el derecho de este teniente de Infantería de Marina a recibir una compensación en ese concepto y le condena a pagar las costas del proceso. El argumento que esgrime el tribunal es que el militar, que ha sufrido más de 30 operaciones y tiene reconocida una incapacidad del 97%, ya cobra una pensión y que, por tanto, busca un “enriquecimiento injusto”. Asimismo, culpa al teniente Candón de acreditar “sin el detalle que hubiera sido deseable”, dice la sentencia, “la gravedad de las secuelas” tanto físicas como sociales y psicológicas derivadas de la tragedia, que ocurrió en 2011 en el Campo de Tiro ‘El Palancar’, en Hoyo de Manzanares.

Tras el accidente, en el que murieron cinco de sus compañeros y otro más resultó gravemente herido, el teniente Candón recibe una pensión extraordinaria pero, argumenta el militar, es la misma que recibiría si en el accidente no existiera una responsabilidad del Estado. “De este modo, la figura de la responsabilidad patrimonial del Estado quedaría en vacío”, explica a Estrella Digital.

Por eso, y porque en otros casos sí que se ha reconocido la compatibilidad de pensión e indemnización, considera que la mencionada sentencia es “contraria a derecho” y “se aparta de la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en relación a la compatibilidad de la pensión y la indemnización por daños patrimoniales”.

Además, el afectado considera que “con la pensión extraordinaria que percibe nunca podrá ser resarcido de las gravísimas lesiones y secuelas que padece”. Por ello, pide al Supremo que revise esta sentencia y fije una “doctrina” sobre el “concepto de responsabilidad patrimonial –pensión – indemnización -daño moral- reparación integral del daño, para una correcta tutela judicial efectiva”.

Leyes y jurisprudencia del Tribunal Supremo

Para ello, recoge una serie de normas que se estarían incumpliendo, según su criterio. La primera de ellas, la Constitución, que en su artículo 106.2 reconoce el derecho “a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”.

Se recogen también otra serie de sentencias como ejemplos en los que la Justicia sí ha hecho compatible la existencia de la pensión y de la indemnización. Así, el teniente Candón, redactado por su abogado, Jesús Blanco, recopila jurisprudencia en las que sí que se reconocería la compensación económica por responsabilidad patrimonial del Estado.

Uno de los ejemplos que cita es el caso de un militar que sufrió “un accidente al producirse el estallido fortuito de una granada durante unas maniobras militares”. En ese caso,“con el fin de asegurar la reparación integral de los perjuicios sufridos por el demandante procede reconocerle el derecho a percibir la cantidad de 60.000 euros, que unida a la pensión extraordinaria, repara de forma integral”, según la Sentencia de 9 de mayo de 2007 de la misma Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

La pensión no cubriría ni su salario

Otro de los argumentos que explica el abogado del militar en el escrito es que, además, la pensión ni siquiera cubre el salario que percibiría el herido en caso de haber podido continuar su carrera. Esa pensión “sería la que se correspondería con las retribuciones como capitán en activo, categoría a la que no pudo ascender por causa de su pase a retiro a consecuencia de la pérdida de aptitud psicofísica”. En el recurso se indica, además, que en el futuro inmediato, “quedará por debajo de las retribuciones que debería percibir a lo largo de las expectativas de su carrera, que se ha quedado truncada como consecuencia de dichas lesiones”.

El recurso de casación que ha presentado el teniente Candón, también es la esperanza de ver reconocido este derecho para su compañero, el sargento Raúl González, herido en el mismo accidente, y las familias de las víctimas mortales de aquella tragedia. Por el momento, cuatro de ellas han acudido al alto tribunal para pedir que concrete una doctrina sobre este asunto. Una de las familias ya ha visto rechazada esa solicitud, al no ser admitido a trámite el recurso. 

Para los familiares, el hecho de que la Justicia abriera esta puerta para los heridos y familiares de víctimas de Hoyo de Manzanares, haría que se sumaran además las familias de las víctimas del “vuelo ilegal Yak-42”, que han anunciado que reclamarán esa indemnización, después de que el Ministerio de Defensa reconociera su responsabilidad patrimonial en el accidente.

Paula Pérez Cava

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