jueves, noviembre 14, 2024
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El Govern denuncia ante el Tribunal Constitucional el «abuso de derechos» de Rajoy

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El Govern ha presentado este jueves el anunciado recurso de súplica ante el Tribunal Constitucional para que retire la suspensión sobre la reforma del reglamento del Parlament, alegando que se ha producido un «abuso de derecho» en la impugnación que realizó el Gobierno central.

Los abogados de la Generalitat ponen de manifiesto en el escrito que el procedimiento impugnado, la lectura única para las proposiciones de ley, figura en otros parlamentos autonómicos y en el Congreso de los Diputados, por lo que creen que solo se ha impugnado por su posible futura finalidad: aprobar de forma exprés la ley del referéndum.

En el escrito, los abogados de la Generalitat razonan que resulta «a todas luces desproporcionado, excesivo, contrario a las reglas de la buena fe procesal y, en definitiva, abusivo, acudir a la impugnación en sede constitucional de una norma como es el Reglamento de una cámara parlamentaria».

En este sentido, piden al TC que no admita a trámite el recurso de inconstitucionalidad, de modo que «se impida el abuso de derecho y la desviación de poder que resultan de la impugnación planteada».

Si el recurso de súplica no surge efecto, los abogados avanzan que presentarán alegaciones para defender la «plena constitucionalidad» del artículo impugnado, reclamar la desestimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto y pedir el levantamiento de la suspensión.

Alegan que el recurso que presentó el Gobierno del PP «se funda no en la inconstitucionalidad del texto normativo impugnado, sino en la presunción de su futura aplicación a un supuesto determinado«, en el contexto del proceso soberanista.

«El texto de la norma impugnada no comporta per se un vicio de inconstitucionalidad, sino que ese pudiera resultar, en su caso, de su futura aplicación según una determinada de sus posibles interpretaciones», añaden.

Además, razonan que el precepto impugnado es «equivalente al del vigente artículo 150 del Reglamento del Congreso y muy semejante a los Reglamentos de las cámaras legislativas de otras Comunidades Autónomas».

Por lo tanto, «es evidente que nos encontramos ante un recurso meramente interpretativo, contrario al principio de presunción de la constitucionalidad de las leyes», destacan.

Para los letrados, el recurso de inconstitucionalidad que acarrea suspensión inmediata «debiera usarse sólo excepcionalmente».

De lo contrario, prosiguen, puede generar un «daño injustificado» en este caso a la autonomía parlamentaria del Parlamento de Cataluña, «impidiendo que pueda seguirse una especialidad del procedimiento legislativo reconocida y practicada en los Reglamentos de las cámaras legislativas de las 17 Comunidades Autónomas, en el Congreso de los Diputados y en el Senado».

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