La Fiscalía de Navarra pide alto y claro el reingreso en la cárcel de los cinco miembros de La Manada, porque considera que «el riesgo de fuga, no sólo no ha desaparecido, sino que resulta más notorio». Las razones son dos: la condena a 9 años de cárcel y el caso de Pozoblanco, en el que se enfrentan a un máximo de 8 años de cárcel cada uno por abusos sexuales y un delito contra la intimidad de otra chica.
La fiscal rebate uno a uno los argumentos del Juzgado para ponerlos en libertad. Sobre que ya se ha celebrado juicio y, por tanto, no pueden escapar de la acción de la justicia, el escrito dice que «cuando una persona puede sustraerse a la acción de la justicia en cualquiera de sus fases, es preciso acordar las medidas necesarias para que ello no ocurra».
Reiteración delictiva
La Fiscalía también aprecia riesgo de reiteración delictiva ya que los hechos por los que los condenan, abusos sexuales, son los mismos que en Pozoblanco, pendiente de juicio. «Cuatro de los cinco procesados están siendo investigados por sendos delitos de abuso sexual y contra la intimidad, presuntamente ocurridos en Pozoblanco…, delitos que como mínimo llevan aparejadas penas de uno a tres años de prisión y de dos a cinco años… Lo que incrementa el riesgo de que traten de sustraerse a la acción de la justicia». «Las conductas objeto de este procedimiento, no son un hecho aislado, sino que por el contrario ponen de manifiesto un riesgo concreto de reiteración delictiva», añade.
Pérdida de anonimato
El juzgado también alegaba que la fama de La Manada les impide fugarse y volver a delinquir. Un argumento absurdo para la Fiscalía ya que «la alegación de que los procesados no van a reincidir porque han perdido su anonimato, simplemente conduce a excluir el riesgo de reiteración delictiva a cualquier procesado por hechos graves que hayan tenido trascendencia mediática y a hacer innecesaria dicha medida cautelar».
Además añade que es una contradicción que ahora se decrete una libertad que se les ha negado hasta en tres ocasiones. «No acertamos a entender porqué no se acordó la libertad de los procesados una vez celebrada la vista oral en noviembre de 2017…, si las circunstancias en ese momento…, eran las mismas que concurren en la actualidad».
Medidas cautelares injustas para la víctima
Por último la fiscal cree que «ha primado la protección de los procesados sobre la protección a la víctima». «Las medidas acordadas en el auto nos resultan claramente insuficientes». Se refiere a las medidas de protección de la joven, prácticamente inexistentes. «El hecho de que a los procesados se les imponga únicamente la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid y se justifique que no hay mayor riesgo por residir a más de 500 kilómetros de distancia. Dicha distancia en la actualidad no es especialmente importante con los medios de transporte existentes».
El juzgado no impuso a La Manada una orden de alejamiento de la chica. Sólo la prohibición de entrar en la comunidad de Madrid, donde ella vive. «Supone una mayor limitación deambulatoria por el territorio nacional para la víctima que para los propios acusados, ya que si la víctima sale del territorio de su comunidad, ya sea de viaje o para desarrollar una actividad laboral o estudiar, no contará con ninguna medida específica de prohibición de acercamiento de los procesados, lo que resulta manifiestamente injusto, que sea la víctima quien sufra una mayor limitación de sus derechos».
Redacción