lunes, noviembre 25, 2024
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La ministra Ribera modificó las aguas territoriales para que Cataluña no alegara en el ‘caso Castor’

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Como secretaria de Estado de Cambio Climático entre 2008 y 2011, la actual ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, no sólo firmó en 2009 la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para que pudiera aprobarse el ‘proyecto Castor’ –fracking en el lecho submarino, frente a Castellón y Tarragona-, sino que intervino para cambiar la demarcación de las aguas territoriales con el fin aparente de quitar a la Generalitat de Cataluña como parte perjudicada por el almacén gasístico bajo el mar y obviar así sus alegaciones contra el proyecto.

Como ha publicado Estrella Digital, la ministra afirmó el pasado 20 de junio en el Congreso que “los técnicos resolvieron la integración de todo aquello (el proyecto de almacén subterráneo de gas natural Amposta, que dio origen al ‘caso Castor’), en una propuesta de resolución que se comunicó para comentarios y observaciones a todas estas instituciones, y nadie objetó”. Es decir, que todo el mundo estaba de acuerdo, según la ministra, que añadió que “la declaración de impacto ambiental fue elevada como propuesta para mi firma -me parece frívolo pensar que un secretario de Estado puede sustituir el criterio de tantos organismos técnicos y administrativos en aquel momento- y nadie la recurrió”.

Esas declaraciones no son correctas, porque en 2008 la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña, gobernada entonces por el tripartito (PSC-ERC-IU), emitió un informe técnico en el que se efectuaban diversas consideraciones sobre aspectos del estudio de impacto ambiental tramitado por el entonces Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. Entre ellas, las de garantizar la “mínima afección al medio natural próximo y a los vecinos potencialmente afectados por este proyecto, y con el objetivo de adoptar medidas correctoras y preventivas para intentar minimizar los impactos que el proyecto pudiese causar en su entorno”.

Ese informe era un inconveniente para que Teresa Ribera, como secretaria de Estado de Cambio Climático, pudiera firmar la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para se aprobara el ‘proyecto Castor’. Pero no hubo problema: enseguida se encontró una fórmula para obviar el ‘fuego amigo’ que se disparaba entonces desde la Generalitat de Cataluña: modificar los límites entre la Comunidad Autónoma de Cataluña y la provincia de Castellón.

Así, el número 56 del Boletín Oficial del Estado (BOE) del 5 de marzo de 2008 publicó una “Corrección de errores del Real Decreto 638/2007 de 18 de mayo de las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos” mediante la cual se modificaban los límites marítimos de la provincia de Castellón, substituyendo la frase “…hasta la línea que parte con rumbo 135º del Río Cenia…” por la frase “… hasta la línea que parte con rumbo 123º del Río Cenia…”.

La consecuencia inmediata de ese cambio en el control de las aguas marítimas es que el proyecto Castor quedaba íntegramente en aguas de la provincia de Castellón y, por lo tanto, con una única posible intervención autonómica, la de la Generalitat Valenciana. Se había obviado así a la Generalitat de Cataluña y el informe negativo emitido por su Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad.

La orden de “corrección de errores” partió del Ministerio de Fomento, que entonces dirigía Magdalena Álvarez, años más tarde imputada por el caso de los ERE en Andalucía, pero Teresa Ribera tenía competencias en aguas marinas por su cargo de secretaria de Estado de Medio Ambiente.

Estos extremos están recogidos en la querella por el caso Castor presentada en la Audiencia Nacional –ahora se está viendo el recurso contra la decisión de la juez Lamela de archivo de la causa- por colectivos afectados. En esa demanda, que recoge algunas conclusiones del informe del Sìndic (defensor del pueblo catalán al respecto), se afirma que citada modificación de los distritos marítimos se hace: 1) exclusivamente para modificar este límite, 2) se hace como corrección de errores, pero inexplicablemente casi un año después de la publicación del Real Decreto y 3) se hace sin trámite de audiencia ni expediente administrativo alguno, “constituyendo un acto absolutamente arbitrario, contrario a derecho y elemento necesario en el plan delictivo diseñado por los querellados”.

Estrella Digital ha intentado obtener la versión de la actual titular del Ministerio para la Transición Ecológica, pero las gestiones han resultado infructuosas.

Iván Delgado

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