En otros dos autos, notificados también hoy, De Egea se opone asimismo a reabrir la causa contra siete personas que estaban siendo investigadas en otras dos piezas del caso Villarejo, Land (sobre los promotores de La Finca) y Iron (sobre un despacho de abogados), y que la Fiscalía también reclamó que se les volviera a imputar ante nuevos indicios.
En los tres casos, la Fiscalía recurrió ante el juez el sobreseimiento y criticó que De Egea había cerrado las investigaciones a Salamanca y estas siete personas «precipitadamente», al tiempo que aportó nuevas conversaciones incriminatorias encontradas en los registros al socio de Villarejo, el abogado Rafael Redondo.
El juez levantó la imputación a Salamanca dando credibilidad a la versión del que fuera comisario de Barajas entre 2006 y 2015 de que los coches, relojes de lujo, viajes y dinero en metálico que recibió del abogado Francisco Menéndez respondían a la amistad entre ambos y no a supuestos favores de visados ilegales para directivos de Gepetrol, la petrolera guineana, que eran clientes de Menéndez.
Para convencerle de lo contrario, la Fiscalía aportó conversaciones en las que Menéndez relata a Villarejo cómo Salamanca -que estuvo en prisión de noviembre a marzo pasado- intercedió con los guineanos y también pruebas de que algunos regalos se pagaron con dinero de una empresa que administraba Menéndez para los guineanos y que se nutría de fondos procedentes del país africano.
Sin embargo, el juez afirma hoy en su auto que los extractos de las grabaciones que aporta la Fiscalía no tienen en cuenta «el conjunto de la conversación, así como el contexto en el que se llevaron a cabo».
Además, dice el juez que en las conversaciones aportadas no intervenía Salamanca como interlocutor, lo que a su juicio les resta credibilidad.
Por otro lado, De Egea defiende que en el aeropuerto de Barajas se hacían numerosos visados con unos «trámites de expedición muy reglados» y que la «autorización final de entrada correspondía a un superior (de Salamanca) como era el comisario general».
Afirma que «no existen nuevos elementos racionales de imputación» que determinen que se le dieran las dádivas por su condición policial y no se han encontrado «nuevos indicios incriminatorios objetivos y racionales de imputación», sino «solamente las proyecciones especulativas sobre los hechos».
En el caso de la pieza Iron, el juez archivó las diligencias para cuatro exsocios de un bufete de abogados -Francisco Carpintero, Andrés Medina, Álvaro Martínez y María Ángeles Moreno- que contrataron a Villarejo para espiar a un despacho rival al que se habían ido socios minoritarios suyos.
La Fiscalía pidió a De Egea que volviera a investigarles aportando, entre otras cosas, una conversación grabada en la que Villarejo les llegaba a decir, tras mostrarles datos confidenciales de uno de los miembros del otro bufete: «Esto que os hemos enseñado no existe».
Sin embargo, para el magistrado los cuatro desconocían que los métodos de Villarejo para obtener la información fueran irregulares, un convencimiento que con esta conversación no queda desvirtuado, según el juez.
Además, dice De Egea que estas cuatro personas no llegaron a usar públicamente los datos que les ofreció Villarejo, sino que solo querían tener la información de cara a una posible demanda al otro despacho.
Al igual que en el caso de Salamanca, de las nuevas pruebas aportadas en Land, fundamentalmente extractos de conversaciones telefónicas, De Egea critica a la Fiscalía por resumirlas en su informe «sin tener en cuenta el conjunto de la conversación, así como en el contexto en el que las mismas se llevaron a cabo».
Esta pieza trata sobre la contratación que hizo Susana García Cereceda a Villarejo para que investigara a Silvia Gómez-Cuétara, la viuda de su padre, Luis García Cereceda, y a su hermana Yolanda García Cereceda, de cara a la herencia del promotor de la urbanización de lujo La Finca en Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Según el juez, las conversaciones aportadas son «los únicos elementos por los que el Ministerio Fiscal solicita la nueva imputación, hechos que no quedan ratificados por ningún otro indicio objetivo sobre los investigados» para los que se sobreseyó la causa: Susana García Cereceda, Francisco Lorenzo Peñalver y David Fernández Aumente.
Niega por tanto que se hayan encontrado «nuevos indicios incriminatorios objetivos y racionales de imputación sobre los investigados» y le reprocha a los fiscales, al igual que en Iron, que solamente mantienen «las proyecciones especulativas sobre los hechos».
El juez asegura que en este caso las personas que contrataron los servicios de la empresa de Villarejo, Cenyt, no conocían los medios y técnicas de investigación que iban a ser utilizados por el excomisario, y tampoco que esa sociedad carecía «de la preceptiva habilitación legal para el desarrollo de su actividad».
Además, indica que abonaron sus servicios «por transferencia bancaria, por lo que la opacidad desaparece, transformándose en transparencia».
Redacción