Un hombre condenado a 16 meses de cárcel como maltratador deberá seguir unos programas formativos en violencia de género como condición que deja en suspenso su ingreso en prisión, según se dispone en un auto dictado por la Audiencia Provincial de Murcia.
El juzgado desestima de este modo el recurso que presentó el acusado alegando que le resultaba imposible cumplir ese deber porque en Cartagena, donde reside, el centro de inserción social (CIS) se encuentra cerrado y, por lo tanto, debe viajar a Murcia, pero un problema de salud que padece le impediría hacerlo.
El hombre fue condenado en julio de 2016 a sendas penas de 8 meses de prisión por dos delitos de malos tratos a su pareja, quedando en suspenso el ingreso en la cárcel con la condición de que no volviera a delinquir y que siguiera un programa contra la violencia de género en el CIS Guillermo Miranda de Murcia.
El hombre recurrió porque decía que estaba diagnosticado de angina de pecho inestable y que se veía obligado a tomar fármacos que le obligaban a permanecer largos periodos en cama.
Después pidió que pudiera realizar el curso en Cartagena o bien que se utilizara una videoconferencia para seguir los programas desde su localidad de residencia.
La Sala dice que el recurrente tiene que cumplir la obligación que le fue impuesta, ya que «no puede exonerarse sin más al penado de su cumplimiento porque padezca una cardiopatía crónica y reciba medicación».
Y añade que «tampoco cabe suspender ‘sine die’ el cumplimiento de su obligación de realizar el curso hasta que en su caso se reabra el CIS de Cartagena, porque esto es un hecho incierto y sin fecha prevista para ello».
Redacción