jueves, noviembre 28, 2024
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La jueza archiva el caso sobre el máster de la exministra Carmen Montón

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Poco más de dos meses después de la dimisión de la exministra a raíz de las presuntas irregularidades en el máster en Estudios Interdisciplinares de Género que cursó en la URJC en 2010-2011, la magistrada da carpetazo a la causa que abrió a raíz de una denuncia anónima.

Lo hace en un auto dictado hoy, que puede ser recurrido ante la propia jueza y ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el que atiende el criterio de la acusación particular y de la Fiscalía, que pidieron el archivo de la causa «al no quedar debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna».

La jueza comenzó a investigar el caso de Carmen Montón apenas 10 días después de que la exministra acabase cediendo a las presiones y anunciase su dimisión.

Y fue precisamente a raíz de una denuncia anónima por los delitos de cohecho impropio y prevaricación – los mismos por los que la jueza pidió al Tribunal Supremo que investigara al presidente del PP, Pablo Casado- cuando la jueza abrió diligencias.

Pero, tras dos meses de investigación, la Fiscalía remitió un escrito -no vinculante- al no apreciar indicios de delito en Montón, que ni siquiera llegó a declarar ante la jueza.

«No hay indicio alguno de inexistencia de actividad académica ni de un concierto previo entre la alumna y Laura Nuño, directora del máster, como tampoco hay pruebas que permitan sostener que las notas que fueron modificadas ‘a posteriori’, lo fueron en virtud de ese acuerdo previo, o por orden de la investigada», decía la Fiscalía.

Y aun considerando que se hubiese producido un trato de favor, lo que encajaría en el delito de cohecho impropio, éste estaría prescrito por ocurrir los hechos en el curso 2010-2011.

En la denuncia anónima se relataba que la exministra plagió parte de su trabajo de fin de máster (TFM), incluyendo 19 páginas con párrafos enteros de varios autores a los que no citó en la bibliografía; lo que para la Fiscalía «carece de relevancia penal» y que «incluso como delito contra la propiedad intelectual estaría también prescrito».

Otra cosa distinta, matizaba la fiscal, es la responsabilidad administrativa en la que pudiere incurrir la alumna y el profesorado que aprobó el referido trabajo. 

 

Redacción

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