Como viene siendo habitual en los últimos años por estas fechas de comidas y cenas navideñas, la DGT quiere concienciar con esta campaña sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias psicoactivas y la conducción, que causan casi un tercio de los accidentes mortales.
Esta campaña se desarrolla de forma simultánea en 25 países europeos a través de la Organización Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL), informa hoy la DGT en un comunicado.
Según Pere Navarro, director general de Tráfico «el objetivo de este tipo de campañas es concienciar a los ciudadanos que no sólo el alcohol es incompatible con la conducción, sino que otras drogas como el cannabis, la cocaína, anfetaminas y opiáceos son sustancias psicoactivas que tienen efectos, en muchos casos letales, cuando después se conduce».
Para Navarro, «la realización de estos controles preventivos en carretera es junto con la educación vial, uno de los instrumentos más eficaces para disuadir al conductor de ponerse al volante si ha consumido cualquier sustancia psicoactiva».
En los controles, se pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, es decir aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
Con el objetivo de que la campaña se generalice también en las vías urbanas, Tráfico ha invitado a los ayuntamientos de más de 25.000 habitantes a que se sumen a ella con controles en sus respectivos cascos urbanos.
En 2017, el 26 % de los conductores fallecidos del ámbito competencial de la DGT y analizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, así como por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Murcia y Galicia, dio resultados positivos en las prueba de alcohol, y de ellos, el 74 % presentaba una tasa superior a tres veces la tasa máxima permitida.
La DGT recuerda que la Ley de Seguridad Vial contempla una sanción de 500 euros y la retirada de 4 puntos del carné para los que conduzcan por encima de la tasa permitida, que será de 1.000 si los conductores reincidentes, es decir, aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol.
Esta misma sanción de 1.000 euros se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con estas sustancias, excepto las que se usen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, bajo una infracción también de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos.
El Código Penal también prevé penas de prisión o multas, así como la privación del derecho a conducir, en caso de que la tasa de alcohol sea especialmente alta (por encima de 0,60 miligramos por litro de aire).
Redacción