El hundimiento el 13 de noviembre de 2002 frente a las costas gallegas del petrolero griego Prestige cargado con 77.000 toneladas de fuel, la mayor catástrofe medioambiental ocurrida en España junto al vertido de las minas de Aznalcóllar (Huelva), comenzó su andadura judicial en enero de 2003 impulsada por la plataforma Nunca Mais en los juzgados de Corcubión (A Coruña).
Para entonces, el suceso se había cobrado las primeras dimisiones, la del conselleiro de Política Territorial, Xosé Cuiña, y de otros cuatro, entre ellos el de Medio Ambiente, así como la detención del capitán del barco, Apostolos Mangouras, que, sin embargo, quedó en libertad bajo fianza tres meses después.
El hundimiento del barco provocó además la apertura en paralelo de otro procedimiento judicial, tras la demanda que presentó el Gobierno español contra la American Bureau of Shiping (ABS), la empresa que había certificado el buen estado del buque y a la que reclamaba una indemnización de unos mil millones de dólares.
Sin embargo, un tribunal federal de Nueva York desestimó la demanda por incompetente y ratificó la no responsabilidad de ABS, al considerar que la responsabilidad última de los derrames es de los propietarios de las embarcaciones.
La instrucción en los juzgados de Corcubión se prolongó durante ocho años, hasta que en noviembre de 2011 la Audiencia Provincial de A Coruña se hizo cargo de la causa, aunque tuvo que pasar un año más para el comienzo de la vista oral, que se alargó ocho meses y el caso quedó visto para sentencia en julio de 2013.
En la causa figuraban como imputados el capitán del buque, Apostolos Mangouras -en libertad bajo fianza de 3 millones de euros, el jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, y el primer oficial, Ireneo Maloto, por delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, daños y desobediencia-resistencia.
También figuraba como imputado por delitos contra el medio ambiente y daños el entonces director general de la Marina Mercante José Luis López-Sors González, que debería responder de su decisión de alejar el buque de la costa gallega.
Y estaban imputados como responsables civiles directos la aseguradora The London Steam-Ship Owners Mutual Insurance Association Limited y el Fondo Internacional de Indemnización de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos (Fidac) y como subsidiarios las navieras Mare Shipping Inc y Universe Maritime Ltd y el Estado español.
Once años después de la catástrofe, el 13 de noviembre de 2013, el tribunal encargado de juzgar el siniestro absolvió de los principales delitos a los tres acusados y eximió al Gobierno español de sufragar los daños que se le reclamaban, y sólo condenó al capitán a nueve meses de prisión por desobediencia grave.
El Ministerio Fiscal, el abogado del Estado y la Xunta recurrieron la sentencia ante el Supremo, que en enero de 2016 condenó a Mangouras a dos años de cárcel por un delito contra el medio ambiente y estableció por primera vez la existencia de responsabilidad civil, aunque no fijó la cantidad con la que los culpables debían hacer frente al pago.
En mayo de 2017, la asociación Arco Iris instó a la Audiencia de A Coruña a reanudar la investigación del caso y el 15 de noviembre de ese mismo año ese tribunal fijó en 1.573 millones de euros la indemnización que debería recibir el Estado español por los daños causados.
Ahora, 16 años después, el Supremo fija las indemnizaciones definitivas en más de 1.500 millones de euros, incluyendo el IVA y los intereses, siendo el Estado español el principal perjudicado y, por tanto, al que le corresponde cobrar el grueso de dicha cantidad.
El Alto Tribunal resuelve que la cuantía total se reparta además con el Estado francés, la Xunta de Galicia y otros 269 afectados, y sean abonadas por las partes ya condenadas, es decir, por el capitán del barco y la compañía aseguradora y subsidiariamente por la propietaria del buque y el Fondo Internacional de Indemnización de Daños por Contaminación por Hidrocarburos.
Redacción