viernes, noviembre 22, 2024
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Francisco Correa condenado a casi 7 años y exdirector de Aena a 5 por Gürtel

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La Audiencia también ha condenado a 5 años de prisión a José María Gavari -subordinado del exdirectivo de Aena-, y a 3 años y 3 meses de cárcel al contable del grupo Correa José Luis Izquierdo, todo ello por irregularidades en la adjudicación de contratos de Aena entre los años 2000 y 2002.

Esta es una de las piezas en la que se ramificó el caso Gürtel, cuya primera época ya ha sido juzgada y desembocó en la sentencia que hizo caer al gobierno de Mariano Rajoy. Aún están pendientes de juicio otras como el llamado caso Bárcenas, la relativa a la segunda época o a las irregularidades en el Ayuntamiento de Jerez.

Correa, que actualmente se encuentra en la cárcel madrileña de Valdemoro, ya ha sido condenado a más de 60 años de prisión en otros juicios de la trama.

Ahora, la sección segunda condena a Correa por delito continuado de prevaricación, fraude a las administraciones públicas, cohecho y falsedad y acuerda el comiso del beneficio obtenido por los contratos irregularmente adjudicados por Aena a sus empresas, que ascendió a 2,2 millones de euros.

En el caso de José Luis Izquierdo, los jueces le condenan por delito de cohecho y falsedad, le imponen una multa de 654.000 euros y le absuelven de prevaricación y fraude.

Además, el fallo condena a López de la Mota y Gavari por delitos de prevaricación, fraude y cohecho. En el caso del primero, acuerda el decomiso de las dádivas recibidas por valor de 95.363 euros y en el del segundo por 168.119 euros. A ambos les absuelve del delito de falsedad.

La sentencia relata cómo Correa desplegó una actividad comercial de eventos, fundamentalmente dirigidos al PP, para el que organizaba actos y campañas electorales, así como a la contratación con las administraciones públicas.

Cuando nombraron a De la Mota director de Comunicación de Aena, continúa la Sala, Correa decidió ponerse en contacto con él para «enriquecerse ilícitamente con cargo a fondos públicos, mediante contratos celebrados entre Aena y sus sociedades con vulneración de la normativa administrativa». Ambos se conocían por haber trabajado De la Mota en el PP.

La sentencia afirma que De la Mota y Gavari convinieron con Correa o con personas a sus órdenes la adjudicación irregular de contratos del ente aeroportuario, «todo ello a cambio de entregarles distintas dádivas (dinero en efectivo o prestación de servicios, fundamentalmente viajes turísticos para ellos y su familias, obras de reforma en la vivienda del primero, etcétera)», que se abonaron durante dos años.

«Prevaliéndose de las facultades que le otorgaba su cargo como director de Comunicación de Aena, Ángel López de la Mota, con la directa colaboración de José María Gavari, decidió realizar una serie de actuaciones irregulares que permitieran adjudicar los contratos a favor de las sociedades de Francisco Correa», indica la sentencia.

Siendo De la Mota director de Aena las sociedades de Correa fueron «adjudicatarias, irregularmente, de un total de 22 contratos públicos, entre los años 2001 y 2002», entre los que menciona los de Fitur 2001 y 2002, Expo Ocio 2002 o el montaje de expositores en ferias de Barcelona, Londres, Valladolid o Madrid.

A cambio, De la Mota y Gavari recibieron de Correa viajes a Eurodisney, a Menorca o a Tenerife, así como obras de reforma en un domicilio particular y entregas de dinero en metálico.

La sala rechaza en la sentencia aplicar la atenuante de dilaciones indebidas a pesar de que la causa ha tardado nueve años en ser juzgada, ya que no aprecia este retraso injustificado al constatar la complejidad de la causa y la concurrencia de varios imputados que necesariamente, dice, han retrasado la tramitación.

También desestima la atenuante de confesión reclamada por Correa, quien reconoció en el juicio los hechos que le atribuye la Fiscalía (que pedía 10 años de cárcel para él) pero lo hizo en su turno de última palabra tras negarse a contestar a las partes al inicio del mismo.

Sus palabras, dice la sala, no han supuesto «ninguna aportación» a la causa. «Cuestión distinta hubiera podido afirmarse en caso de haber declarado en el acto del juicio y haber aportado una cooperación activa, decisiva y relevante. De ahí que más bien estemos ante una confesión interesada, incompleta e ineficaz», concluye. 

 

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