En un auto, la sección quinta de la sala contenciosa del TSJC desestima la petición del Ministerio de Asuntos Exteriores para que ordenara el cierre cautelar de las delegaciones en el extranjero, al concluir que la solicitud es «extemporánea» porque no fue planteada en la fase procesal que correspondía.
A través de la Abogacía del Estado, el Ministerio de Asuntos Exteriores pidió a principios de mes al TSJC que paralizara la actividad de las delegaciones en el extranjero, al entender que están realizando «con singular intensidad» labores en favor de los objetivos del proceso secesionista de Cataluña, declarado inconstitucional.
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