En un auto del 5 de septiembre, el magistrado acuerda continuar las actuaciones por el trámite de procedimiento abreviado contra los tres expresidentes de esta empresa pública de inversión en capital riesgo de la Junta de Andalucía y una cuarta persona, el presidente de Kandor, por los presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y tráfico de influencias.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el instructor también decreta el sobreseimiento provisional parcial respecto a una quinta persona investigada al considerar que «no resulta debidamente justificada su participación en delito alguno».
El juez asevera en el auto que de lo instruido en la causa «se desprende la existencia de irregularidades sobre el proyecto Kandor por falta de seguimiento del plan director así como la mediación al respecto de otras numerosas irregularidades».
«Pese a que Invercaria ha efectuado en Kandor una inversión total de 1.498.000 euros (…), existe una práctica ausencia de documentos en los expedientes que justifiquen el análisis de la inversión realizada», expone el magistrado Juan Gutiérrez.
«En la concesión del único préstamo del que se tiene documentación completa, el concedido en 2011 en un plazo muy breve de tiempo (se afirma que en apenas dos días) y para atender necesidades urgentes de financiación, se detectan serias irregularidades», agrega.
El juez también manifiesta que las ayudas concedidas a Kandor «se otorgaron sin el seguimiento de un protocolo o procedimiento» y siempre «a requerimiento del interesado (Kandor) para atender sus necesidades de financiación en cada caso», todo lo cual «no puede sino calificarse de mecanismo de asistencia financiera cuando menos singular».
El magistrado menciona la pericial efectuada por Taxo, según la cual Invercaria formalizó con Kandor cuatro préstamos participativos y cinco préstamos ordinarios entre 2005 y 2011 para la realización de una película de animación, y calcula en 1.734.485,03 euros el «perjuicio económico total ocasionado» a Invercaria.
También cita la declaración del director del área de Promoción de Invercaria, que considera «esclarecedora respecto de las irregularidades y deficiencias existentes».
Para el juez «existen indicios» de que las inversiones de Invercaria carecen «del previo análisis, en algunos casos sin previa propuesta», hasta el punto de que esta a veces «llega incluso a ser posterior al otorgamiento de los fondos».
También «se sobrepasaron los límites cuantitativos (1.200.000 euros)» que requerían de la previa propuesta del director general, la aprobación del Consejo Rector y la ratificación por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía».
«Existió una falta de información de la situación de Kandor y un muy deficiente seguimiento de las inversiones y préstamos, por no mencionar que, de la poca documentación existente en los respectivos expedientes, existen indicios de que las fechas pueden haber sido alteradas o que se le ha puesto el logo de otra entidad asumiendo la elaboración como propio de Invercaria», añade el juez.
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