El alto tribunal confirma parcialmente la condena del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por delitos de amenazas y homicidio en grado de tentativa, con la agravante de parentesco y razón de género, si bien añade la pena de inhabilitación de la patria potestad durante el tiempo de la condena.
La agresión sucedió en Palencia, en marzo de 2017, durante la entrega de los menores en virtud del régimen de visitas.
La sentencia relata que el condenado, al ver que la víctima no se bajaba del coche pese a sus llamadas, «comenzó a correr» hacia el vehículo, y ella, «ante el temor que le infundía la situación, trató de cerrar las puertas», pero no lo logró, por lo que él entró y le propinó «cinco pinchazos» con un cuchillo abre ostras. El ataque cesó gracias a la intervención de un cliente de un bar cercano.
Según el Supremo, «el condenado por estos hechos no puede reclamar el derecho a la patria potestad cuando su intención era dejar a los niños sin su madre, a sabiendas de que ello es y será una de las experiencias más traumáticas que puede sufrir un ser humano».
Y añade: «Pero más, si cabe, cuando esta muerte no se ha producido por consecuencias naturales, o por un accidente, sino por la agresión mortal causada por el propio padre de los menores».
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