La sentencia, dictada por el juzgado de primera instancia 36 de Madrid tras la demanda presentada por la asociación El Defensor del Paciente, subraya que se «mintió» en el informe quirúrgico, anatomopatológico y en los estudios de resonancia magnética posteriores a las dos operaciones.
Antes de su extirpación definitiva, dos neurocirujanos, tres anatomopatólogos y dos radiólogos daban por hecho en sus informes que el tumor ya no estaba en el cerebro de la paciente, según ha informado El Defensor del Paciente, que califica de «insólito», «inaudito» y «grave» lo ocurrido.
La primera intervención con el cráneo abierto se hizo el 18 de enero de 2011 en Sevilla y la paciente fue dada de alta con la confirmación de la extirpación del tumor.
Sin embargo, un hallazgo casual reveló el 30 de septiembre del mismo año que el tumor permanecía con igual tamaño y en el mismo lugar, por lo que los padres de la menor acudieron a su seguro médico, Segurcaixa Adeslas, para que fuera intervenida de nuevo.
La segunda operación también a cráneo abierto la hizo otro neurocirujano en el Hospital Fundación Jiménez Díaz de Madrid el 4 de enero de 2012, y en la hoja quirúrgica, el cirujano hizo constar que “el lecho quirúrgico queda completamente limpio”, y al alta, de nuevo, se informó de “extirpación aparentemente completa de la lesión”.
La paciente y su familia volvieron a confiar en esta información y en haber superado la amenaza pero la madre de la paciente, lega en medicina, no entendía por qué seguía viendo que en las pruebas de imagen de su hija parecía seguir saliendo el tumor.
Ante sus sospechas, acudió a otros profesionales y el 30 de enero de 2014 le confirmaron en una resonancia que el tumor seguía sin modificación desde 2010, lo que dio lugar una tercera intervención el 11 de marzo de 2014 en la que quedó finalmente extirpado.
La sentencia, que condena a la aseguradora al pago de 60.000 euros más intereses sancionadores y costas, subraya que la paciente «no recibió la atención médica adecuada ni esperada, en atención a su diagnóstico, con errores de valoración y de resultado contrarios a la lex artis».
Por estos hechos se incoaron dos procedimientos penales: uno en Sevilla por la primera intervención fallida, que sigue abierto; y el otro en Madrid, por la segunda intervención, que fue sobreseído por el fallecimiento del neurocirujano y por lo que se presentó una demanda civil, en la que le han dado la razón a la paciente.
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