viernes, noviembre 22, 2024
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Exconsejero andaluz Fernández no será investigado por ERE de González Byass

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En un auto fechado el 7 de mayo, adelantado por «Diario de Sevilla» y al que hemos tenido acceso, la Sección Séptima anula parcialmente su propio dictamen del 12 de agosto de 2019, en el que acordó que Fernández debía ser investigado al estimar en parte un recurso de la Junta de Andalucía contra la decisión de la jueza de Instrucción número 6, María Núñez, que el 30 de abril de 2018 excluyó de la causa al ex alto cargo.

Tras recibir nuevas pruebas, la Sala desestima «en su integridad» el recurso de la Junta y ratifica la decisión de la instructora, sin que quepan ya nuevos recursos.

El tribunal explica que decidió seguir las actuaciones contra Fernández porque «había sido beneficiario del ERE presuntamente fraudulento de la mercantil González Byass», una decisión que adoptó al ver que aparecía en las pólizas suscritas «como trabajador afectado y beneficiario por haber prestado servicios en dicha mercantil», si bien al entrar en política pidió la excedencia.

El abogado pidió entonces «la rectificación de errores materiales y la aclaración de conceptos oscuros», la Sala abrió incidente de nulidad y, tras examinar la documentación remitida posteriormente por la defensa, ha comprobado que Fernández «no es beneficiario de la póliza al no haber suscrito el boletín de adhesión» y que «no ha percibido ninguna cantidad de la compañía Generali España».

Entre los documentos aportados por el letrado Alfonso Martínez del Hoyo figura una carta del 30 de junio de 2011 en la que el exconsejero informa a Uniter Banco Vitalicio de que, a pesar de aparecer como asegurado, «no suscribió el boletín de adhesión», por lo que «la póliza no ha generado derechos a su favor» y «no se le ha abonado cantidad alguna».

También proporcionó una carta que la asociación de antiguos trabajadores remitió el 11 de abril de 2008 a Generali en la que ratificaba que Fernández «no está adherido a la póliza de la que la asociación es tomadora ni tampoco es socio», además de un burofax en el que Fernández «reitera su renuncia expresa y definitiva a cualquier clase de derechos» que le correspondieran por esa póliza.

La tercera prueba es un certificado expedido por el apoderado de Generali el 15 de junio de 2011 que corrobora que el ex alto cargo no recibió «ninguna cantidad con cargo a la póliza de seguro colectivo».

La Sección Séptima añade que estos datos eran «desconocidos» cuando resolvió contra Fernández y destaca que se basó en «un testimonio incompleto».

El exconsejero de Empleo fue uno de los ex altos cargos de la Junta peor parados en la pieza política de los ERE, con una condena de siete años, once meses y un día de cárcel y diecinueve años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta por malversación y prevaricación.

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