La orden establece las condiciones de cuarentena a las que deberán someterse los viajeros internacionales, similares a las que se venían aplicando a las autorizaciones excepcionales otorgadas para las repatriaciones de españoles y residentes en España procedentes de Italia.
️ Comienzan los controles sanitarios en puertos y aeropuertos a todos los viajeros procedentes del extranjero
Durante su estancia en España deben estar en aislamiento 14 días
Control sanitario en aeropuerto de #Barajashttps://t.co/g1eEiYFGpn#EsteVirusLoParamosUnidos pic.twitter.com/Yex9e3UQk9
— Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) May 15, 2020
Estos viajeros deberán rellenar un modelo de ficha de datos antes de entrar en España en el que deberán plasmar sus datos e identificar el lugar en el que van a realizar la cuarentena.
La documentación incluye además una pequeña encuesta epidemiológica que los pasajeros deberán entregar al llegar a España, momento en el que además se les someterá a un control sanitario y a la toma de temperatura.
Esta medida se aplicará durante todo el periodo de prórroga del Estado de Alarma y las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento.
Las agencias de viaje, los tour operadores y las compañías de trasporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino a España.
A su llegada a España, los viajeros estarán obligados a guardar cuarentena durante 14 días en su domicilio o alojamiento y deberán limitar sus desplazamientos a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; y a los que obedezcan a causas de fuerza mayor.
Todos los desplazamientos se realizarán obligatoriamente con mascarilla y deberán observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por el coronarivus, en especial a lo que se refiere a contacto con quienes convivan.
Las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento, pero si tienen síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas de caso sospechoso de COVID-19 deberán llamar a los servicios sanitarios e indicar que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero.
De estas medidas quedan exceptuados los trabajadores transfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de coronavirus.
Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español.
En el caso de aeronaves las compañías deberán facilitar un formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location Card), que deberá ser entregado por el viajero a la llegada a España.
Estrella Digital