Según ha explicado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, esta es una de las novedades que incluye el decreto ley para prorrogar la alarma hasta el 7 de junio, que reduce las autoridades delegadas, es decir el mando único, solo al ámbito del Ministerio de Sanidad y «consolida los principios de la cogobernanza» con las autonomías.
Además, desde el 4 de junio volverán a contar los plazos procesales y también los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones que se encontraban suspendidos desde la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, con el que se inició el estado de alarma.
Por lo que respecta a los plazos administrativos, la nueva normativa establece que, desde el 1 de junio, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos «se reanudará, o se reiniciará» si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
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