sábado, noviembre 23, 2024
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Cataluña publica la resolución que obliga al uso general de mascarillas

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De este modo, los agentes de la autoridad podrán multar a partir de ahora con hasta cien euros a las personas de más de seis años que salgan de casa sin mascarilla, incluso cuando se pueda mantener la distancia de seguridad, si bien siguen vigentes las excepciones que eximen de su uso cuando sea incompatible, como hacer deporte o bañarse.

El DOGC señala que la resolución SLT/1648/2020, de 8 de julio, establece nuevas medidas en el uso de la mascarilla «para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19».

La resolución indica que «en esta nueva etapa es esencial profundizar en la necesidad de un comportamiento social comprometido en la lucha contra la pandemia, fundamentado, entre otras medidas básicas, en el uso de mascarilla como medida de protección individual y colectiva en el desarrollo de las actividades que pueden generar más riesgo de transmisión».

Añade que la detección de varios brotes y el incremento de nuevos casos «obliga a reforzar las condiciones de uso de las medidas de protección y, específicamente, el uso de la mascarilla, que se debe establecer con carácter obligatorio en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, desligado del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad».

La resolución apunta que, con esta previsión más restrictiva en cuanto al uso de la mascarilla, «se pretende minimizar el riesgo de transmisión comunitaria del virus SARS-Cov-2, sin recurrir a otras medidas más drásticas desde el punto de vista de la afectación de las libertades de las personas».

La medida se establece «sin perjuicio del mantenimiento de la regulación del uso de la mascarilla en los medios de transporte en aquello que no se oponga» y tampoco se modifica «el régimen de exenciones, por razones personales y de la naturaleza de la actividad, de la obligatoriedad del uso de mascarilla».

Establece además que corresponde «a los ayuntamientos y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, en el ámbito de sus respectivas competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control de las medidas establecidas en esta resolución sobre el uso de la mascarilla».

El incumplimiento de las medidas recogidas en la resolución será objeto de régimen sancionador de acuerdo con la legislación sectorial aplicable, lo que puede llevar a imponer a los infractores multas de hasta 100 euros, según precisó ayer la Generalitat. 

 

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