En el ocio nocturno, se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con o sin actuaciones musicales en directo.
En hostelería, se asegurará la distancia física de seguridad de un metro y medio entre las mesas o agrupaciones de mesas, la ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas, y los establecimientos deberán cerrar no más tarde de las 01.00 horas, sin que pueda permitirse el acceso de nuevos clientes a partir de las 00.00 horas.
No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos (denominado coloquialmente «botellón»), ajeno a los establecimientos de hostelería o similares.
Cualquier tipo de evento o actividad multitudinaria cuya afluencia se prevea superior a 400 personas, deberá contar con la autorización de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, que resolverá en base a la situación epidemiológica del momento, las características del evento y la capacidad para la adopción de medidas de prevención y control.
En reuniones familiares y sociales en el ámbito privado, se recomienda un máximo de hasta 10 personas y la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
En las residencias se realizarán pruebas PCR a todos los nuevos ingresos y reingresos con 72 horas de antelación como máximo, al personal empleado que regrese de permisos y vacaciones, y al nuevo personal que se incorpore.
Respecto al consumo de tabaco, no se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.
Estrella Digital