viernes, noviembre 22, 2024
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Justicia desestima recurso de Ayuntamiento Valladolid y avala restricciones

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Según el auto facilitado por el gabinete de prensa el Tribunal Superior, la Sala entiende que «la adopción de la medida [cautelar] que se solicita puede causar graves daños a la salud de las personas al comportar la suspensión de medidas [sanitarias] que tienen por objeto evitar la propagación de la enfermedad y cuya necesidad y urgencia aparece, en principio, justificada».

El pasado martes la Junta de Castilla y León aprobó sendas órdenes en Consejo de Gobierno extraordinario con medidas mas restrictivas en Valladolid y Salamanca ante el aumento de casos y la situación de sus hospitales, que este jueves tienen la mitad de los pacientes que hay en la Comunidad en planta y en la UCI por coronavirus.

Las órdenes han sido respaldadas por la justicia salmantina y vallisoletana aunque previamente el Ayuntamiento de Valladolid había solicitado la suspensión cautelar urgente de la orden que le afectaba, que ha entrado en vigor esta medianoche, por entender que supondría un perjuicio para economía de la ciudad, en los sectores de la cultura, el turismo y la hostería; y por entender que se vulneraba el principio de proporcionalidad y el de jerarquía normativa.

El Alto Tribunal arguye que las medidas han sido ratificadas judicialmente por el Contencioso Administrativo 3 de Valladolid aunque no duda de «los perjucios que pueden causar las medidas sanitarias preventivas impuestas por la Administración de Castilla y León, teniendo en cuenta las limitaciones de aforo que establece y demás exigencias, máxime teniendo en cuenta el periodo en el que se van a aplicar (del 3 al 10 de septiembre), las medidas ya impuestas tanto a nivel estatal como autonómico y la inmediatez con la que se han acordado y dispuesto su entrada en vigor».

Pero, argumenta que la medida cautelar puede denegarse cuando de su retirada se siga una «perturbación grave de los intereses generales o de terceros».

La Sala entiende que es «indudable» que la medida cautelar que pide el Ayuntamiento «tiene incidencia en la protección de la salud de las personas, individualmente consideradas y en la salud pública».

«Por ello nos parece absolutamente determinante la justificación de las medidas sanitarias preventivas que establece la Orden, esto es, la situación en concreto de la pandemia en el municipio de Valladolid y la necesidad de tales medidas para controlar su evolución», añade el auto.

Y concluye que «la adopción de la medida que se solicita puede causar graves daños a la salud de las personas al comportar la suspensión de una medidas que tienen por objeto evitar la propragación de la enfermedad y cuya necesidad y urgencia aparece, en principio, justificada».

El Alto Tribunal ha acordado además convocar a las partes mañana a las diez y media de la mañana para «resolver sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida adoptada, librándose a tal efecto las oportunas citaciones».

 

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