Madrid volverá a acatar el cierre perimetral desde el próximo viernes 26 de marzo hasta el 9 de abril, acordado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas para contener los contagios y evitar una cuarta ola, al igual que en el puente de San José en las regiones donde el 19 de marzo ha sido festivo.
El Consejo Interterritorial de Sanidad aprobó por una amplia mayoría estas medidas: tan sólo se abstuvo Cataluña, mientras que la Comunidad de Madrid votó en contra y ha presentado un recurso en contra en la Audiencia Nacional.
Además del levantamiento del cierre perimetral, cinco zonas básicas de salud -Morata de Tajuña, Navacerrada, Valle de la Oliva (Majadahonda), Núñez Morgado y Virgen de Begoña (Madrid capital) tendrán desde este lunes restricciones de movilidad al registrar una incidencia acumulada de coronavirus de más de 350 casos por cien mil habitantes.
Los criterios para adoptar medidas de restricción de la movilidad son superar la barrera de 350 casos, el hecho de que haya transmisión comunitaria y una tendencia creciente de contagios.
De esta forma, a partir de las 00:00 horas de este lunes, 22 de marzo, y hasta las 00:00 horas del lunes 5 de abril quedarán restringidas las zonas básicas de salud de Núñez Morgado (distrito de Chamartín de la capital), Virgen de Begoña (distrito de Fuencarral-El Pardo de la capital), Valle de la Oliva (Majadahonda) y la localidad de Navacerrada.
Además, el municipio de Morata de Tajuña mantiene las restricciones de movilidad hasta las 00:00 horas del 29 de marzo.
En estas cinco zonas no estará permitido entrar ni salir salvo por motivos justificados, como ir a trabajar o al médico.
Más allá de estas restricciones de movilidad en lugares puntuales, sigue en vigor en toda la Comunidad de Madrid el toque de queda de las 23:00 a las 6:00 horas y el cierre de los establecimientos de hostelería a las once de la noche, aunque no podrán admitir nuevos clientes a partir de las diez.
La ocupación máxima por mesa seguirá siendo de cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre.
También sigue vigente la prohibición de reuniones de personas no convivientes en domicilios, salvo excepciones, como las parejas y matrimonios que vivan en domicilios distintos o las personas que viven solas, que podrán reunirse con una única unidad de convivencia. EFE
M.M.