La abogada general del Estado, Consuelo Castro, ha apuntado este viernes que no ve ningún motivo para que se anulen las multas que se pusieron durante la pandemia y que estaban vinculadas a leyes de salud pública o de desobediencia a la autoridad, y no al estado de alarma.
Así lo ha dicho después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra considerase que la nulidad de los dos estados de alarma aprobados en España por la pandemia no afecta a la obligatoriedad de llevar mascarilla.
En declaraciones a los periodistas en A Coruña, antes de asistir a la apertura del curso de la Real Academia Gallega de Jurisprudencia, Castro no ha querido referirse a este caso particular, pero ha considerado que «hay que distinguir» porque puede haber «particularidades».
Según ha manifestado, las multas que se hayan impuesto «por infringir limitaciones de derechos» por el decreto del estado de alarma «seguramente» tengan que ser devueltas a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional.
«Pero puede haber otras de desobediencia a la autoridad, de incumplimiento de la legislación sanitaria no incluida en el decreto del estado de alarma, sino en las leyes de salud pública. Esas no veo ningún motivo para que se anulen», ha sostenido.
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