La Audiencia Nacional ha vuelto a condenar al PP al pago de 204.198,64 euros por lucrarse de los beneficios que obtuvo la red Gürtel entre 2001 y 2009 en el municipio de Boadilla del Monte (Madrid) con Arturo González Panero, alias el Albondiguilla, como alcalde, a quien impone 36 años y 11 meses de prisión.
En la sentencia, contra la que cabe recurso y a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal considera probado que una parte de los «ilícitos beneficios» obtenidos por la red se dedicaron a «mantener los gastos» del PP en la localidad durante las precampañas y campañas municipales de 2003 y 2007, «creando con ello una dinámica de beneficio mutuo».
No es la primera vez que el PP es condenado como partícipe a título lucrativo; también lo fue en la causa de la primera época de la trama Gürtel, y la Audiencia lo condenó asimismo como responsable civil subsidiario en el juicio por el pago en B de parte de la reforma de su sede.
Entre los condenados en esta nueva sentencia, adoptada por unanimidad, también están el líder de la trama, Francisco Correa, y su segundo, Pablo Crespo, que cumplen desde hace años largas penas de prisión por otras piezas del caso y que llegaron a confesar en este juicio el pago en b de actos del partido. Ambos han sido sentenciados a 13 años y medio de cárcel.
Fueron dos de los dieciséis acusados que admitieron su papel en el despliegue de la trama en este municipio a cambio de que la Fiscalía Anticorrupción les rebajase su petición de pena. Ahora la Audiencia les ha impuesto la misma condena que solicitaba la fiscal aplicando la atenuante analógica muy cualificada de confesión.
No ocurrió lo mismo con el exalcalde González Panero, en quien ni la fiscal ni la Sala vio una voluntad efectiva de colaboración con la Justicia. La sentencia le considera responsable de 18 delitos, incluido asociación ilícita, tráfico de influencias, blanqueo y malversación, y además de la pena de prisión, le impone una multa de más de 6 millones y medio de euros.
Dado el «nulo esfuerzo» realizado para reparar el daño causado, la Sala no le aplica ninguna atenuante y subraya en su sentencia que además de actuar a favor de las empresas de Correa, ocultó las comisiones que recibió a través de empresas domiciliadas en Madeira o en las islas Vírgenes.
También reconocieron los hechos los exgerentes de la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda (EMSV) César Tomás Martín Morales -exjefe de campaña del PP en la localidad condenado a 6 años de prisión- y Alfonso Bosch, exdiputado autonómico del PP en Madrid (4 años).
En el mismo caso están los empleados de empresas de Correa José Luis Izquierdo (1 año y medio), Isabel Jordán (3 años)y Javier Nombela (3 meses), o los empresarios Alfonso García-Pozuelo (1 año y medio), José Luis Ulibarri (1 año y medio), José Luis Martínez Parra (2 años), Rafael Martínez Molinero (1 año y medio) y Jacobo Gordon (1 año y cuatro meses); así como los asesores del entramado José Ramón Blanco Balín (2 años y nueve meses) y Luis de Miguel Pérez (3 meses), entre otros.
Todos los que negaron su participación en los hechos han sido condenados salvo el exconcejal Francisco Pastor de Luz, que ha resultado absuelto.
El sucesor de González Panero en la alcaldía, Juan Jesús Siguero, y el funcionario Juan Carlos Rey han sido condenados a un año y medio de prisión por manipular adjudicaciones; mientras que para Carlos Jorge Martínez y Rodolfo Benigno Ruiz, el tribunal ha impuesto un castigo de 4 y 2 años, respectivamente.
También ha sido condenada la funcionaria Alicia Vallejo (3 años) por contribuir a ocultar los fondos del exalcalde González Panero.
«MODUS OPERANDI» DE LA TRAMA
El tribunal se apoya en la sentencia de la primera época de Gürtel, confirmada en su mayor parte por el Tribunal Supremo, para describir la penetración de las empresas de Correa en el municipio madrileño y el enriquecimiento personal de los acusados a costa de la administración pública.
El lucro se obtenía mediante la adjudicación o contratación directa a las empresas de Correa o a las que seleccionaba éste a cambio de comisiones para los cargos públicos del Ayuntamiento y la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda (EMSVI) del municipio responsables de la contratación.
Una parte de esos pagos, dice la sentencia, iban destinados a sufragar actos, eventos y gastos del PP. E
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