La Consejería de Sanidad ha informado a través de un comunicado de que es necesario «dar continuidad a las acciones preventivas ya en vigor», que finalizaban esta medianoche, al atender los informes de seguimiento de la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria en ambos municipios.
Las órdenes han sido publicadas esta mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León, lo que ha motivado precisamente un ligero retraso en su publicación, para esperar a los informes epidemiológicos que son tenidos en cuenta para tomar esta decisión, según explicó ayer la consejera de Sanidad, Verónica Casado.
De este modo, las restricciones se mantendrán para reuniones como velatorios y entierros, celebraciones religiosas y civiles, los aforos de establecimientos hosteleros, comerciales y otras actividades culturales, deportivas y las reuniones del ámbito familiar, en este último caso con 10 personas como máximo.
Estas prórrogas quedan ahora a expensas de la ratificación por parte de los órganos judiciales, que ya dieron la razón a la Junta de Castilla y León cuando la pasada semana ordenó las mismas restricciones, aunque tendrán que analizar si se ajustan a la realidad epidemiológica actual.
No obstante, el propio alcalde de Valladolid, Óscar Puente, que recurrió ante la Justicia la orden original al considerarla desproporcionada y por incurrir en incoherencias, ha adelantado esta mañana que no entendería el fin de las restricciones ya que los datos epidemiológicos no han mejorado.
En cualquier caso, llegue o no a tiempo la ratificación judicial, las órdenes entrarán en vigor las 00.00 horas de esta noche y con un horizonte temporal de siete días, tras lo que la Junta ha adelantado que volverá a analizar la conveniencia de prorrogar las medidas o levantar estas restricciones si se aprecia una mejoría en la evolución de los contagios.
La intención de la Consejería es limitar las agrupaciones personales en el desarrollo de cualquier actividad o evento, ya sea familiar o social, en la vía pública o en espacios de uso público o privados, con el fin de controlar la transmisión de la enfermedad y evitar nuevos contagios y brotes de la covid-19, ingresos hospitalarios y fallecimientos, ha explicado en el comunicado.
La Junta ha informado de la prórroga de estas medidas a la Delegación del Gobierno en Castilla y León y los ayuntamientos de Valladolid y Salamanca, con la intención de «recabar su cooperación y colaboración» a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las respectivas policías locales, para garantizar la aplicación y cumplimiento de las mismas.
El Ejecutivo autonómico ha instado a los ciudadanos a «colaborar activamente» para asegurar que las normas se cumplen, pero ha insistido en el aviso de que el quebranto de estas medidas puede suponer la imposición de sanciones económicas.
El detalle de las restricciones para Valladolid y Salamanca es el siguiente:
– VELATORIOS Y ENTIERROS: Máximo de 15 personas asistentes al aire libre o 10 en espacios cerrados. En el enterramiento, máximo de 15 familiares o allegados además del oficiante.
– CELEBRACIONES RELIGIOSAS: Máximo de 50 asistentes al aire libre o 25 en espacios cerrados, pero sin superar en ningún caso un tercio del aforo.
– BARES Y CAFETERÍAS: En el interior solo será posible el consumo en mesa y sentados. Con un límite de 6 personas por mesa, con obligatoriedad de uso de mascarilla y distancia de seguridad.
– RESTAURANTES y SOCIEDADES GASTRONÓMICAS: Prohibido el consumo en barra y de pie.
– TERRAZAS: Para cualquiera de los establecimientos citados, no podrán sentarse más de 6 personas por mesa, con distancia de seguridad. Igualmente prohibido el consumo de pie y obligatorio el uso de mascarilla.
– CONDICIONES PARA OCUPACIÓN DE ZONAS COMUNES DE HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS: Máximo de diez personas, incluidos los monitores y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
– OCIO Y CULTURA: Límite máximo de 25 personas en lugares cerrados y de 50 en el caso de actividades al aire libre.
– ACTIVIDADES E INSTALACIONES DEPORTIVAS: Sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. Para el deporte federado no se aplicará el límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.
– ASISTENCIA DE PÚBLICO A EVENTOS DEPORTIVOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS: Límite de 25 personas para lugares cerrados y de 50 al aire libre.
– BIBLIOTECAS, ARCHIVOS, MUSEOS Y SALAS DE EXPOSICIONES, MONUMENTOS Y OTROS EQUIPAMIENTOS CULTURALES: Un máximo de hasta diez personas en las actividades de grupos, incluido el monitor o guía y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
– REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE DIRIGIDAS A LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL: Un máximo de hasta diez personas participantes, incluyendo los monitores correspondientes, que deberán trabajar sin contacto entre los demás grupos.
– REUNIONES DE CARÁCTER PRIVADO O FAMILIAR: Un máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
Estrella Digital