El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes declarar zonas afectadas gravemente por emergencias de protección civil (ZAEPC) las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Navarra, Valenciana y Murcia por los incendios forestales que tuvieron lugar, en su mayoría provocados por la ola de temperaturas extremadamente altas que afectó a casi todo el territorio peninsular, desde el pasado día 10 de junio.
Los incendios afectaron a una superficie de unas 52.000 hectáreas, siendo el más grave el de la sierra de La Culebra (Zamora), con 31.000 hectáreas quemadas. Todos los incendios requirieron la movilización de más de 1.800 efectivos y 612 vehículos de la Unidad Militar de Emergencias (UME), así como 24 aviones anfibios y 3 helicópteros de extinción, 14 Brigadas de Refuerzo de Incendios Forestales y 4 aviones de coordinación.
En concreto, la declaración ZAEPC ha sido aprobada respecto a los siguientes incendios: Sierra Bermeja (Málaga), Tafalla (Navarra), Artesa de Segre (Lleida), Riofrío de Aliste (Zamora), Nonaspe (Zaragoza), Castellar de la Ribera (Lleida), Caudiel (Castellón de la Llana), Ayoó de Vidriales (Zamora), Mazarrón (Murcia), Legarda (Navarra), Arguedas (Navarra), Barbastro (Huesca), Castejón de Tornos (Teruel) y San Martin de Unx (Navarra).
Además del daño medioambiental, estos incendios han requerido la evacuación preventiva de casi 4.000 personas y provocado graves desperfectos en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como en cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas, si bien en este momento no han podido ser plenamente cuantificados.
La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, prevé que cuando se produzca una emergencia cuya magnitud requiera para su recuperación la intervención de la Administración General del Estado, se aplicarán las medidas recogidas en su Capítulo V del Título II, previa declaración de la ZAEPC por acuerdo del Consejo de Ministros.
Las ayudas son las siguientes:
• Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
• Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.
• Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
• Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.
• Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.
• Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
• Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
• Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
• Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.
• El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.