La solicitud del voto por correo para las elecciones generales ha ido en aumento en los últimos años, marcando un récord en las elecciones de junio de 2016 con más de 1.460.131 solicitudes de voto telemático.
A más de dos semanas de que se cierre el plazo para solicitarlo, programado para el 13 de julio, ya se han registrado más de 1,2 millones de solicitudes.
Estos datos sugieren que en las próximas elecciones del 23-J, es posible que se supere con creces el récord anterior del voto por correo. ¿Qué factores podrían estar influyendo? Una convocatoria electoral en medio del verano, con ciudadanos disfrutando de sus vacaciones y trasladándose a segundas residencias.
Correos, encargado de gestionar el proceso de voto por correo, no divulgará las cifras oficiales hasta después de que concluya el plazo de solicitud.
Plazos para votar por correo
El plazo para solicitar el voto por correo ha estado abierto desde el 30 de mayo. Para realizar la solicitud, los ciudadanos deben presentar personalmente el documento nacional de identidad en las oficinas de Correos o tramitarla de forma telemática a través de la página web del Ministerio del Interior.
Los votantes que hayan solicitado el voto por correo recibirán en sus domicilios un sobre con las papeletas de cada formación política, así como el certificado de inscripción en el censo y otro sobre con la dirección de la mesa electoral correspondiente.
Una vez seleccionada la papeleta deseada, esta se introduce en el sobre correspondiente, el cual deberá cerrarse y colocarse dentro del sobre dirigido a la mesa electoral. También se incluirá el certificado de inscripción en el censo. Una vez remitido el voto por correo, el elector no podrá ejercer el voto presencialmente.
Votación por correo desde el extranjero
Para los españoles residentes en el extranjero, la Oficina del Censo Electoral les enviará toda la documentación necesaria por correo, y por primera vez, podrán descargarse las diferentes papeletas de forma telemática.
Si optamos por el voto por correo certificado, el residente en el extranjero deberá introducir la papeleta elegida en el sobre de votación, acompañado de uno de los certificados de inscripción en el censo, fotocopia del pasaporte o DNI (o una certificación de nacionalidad). El sobre tendrá que enviarse a la Junta Electoral Provincial.
No obstante, los españoles que residen en el extranjero también pueden ejercer su voto en las urnas dispuestas en las embajadas, consulados o centros habilitados hasta el 20 de julio.
Correos llevará a cabo una contratación histórica, para asegurar el voto por correo