El miércoles pasado se celebró el primer Consejo de Ministros del nuevo Gobierno de Pedro Sánchez y esa misma tarde la página web de La Moncloa publicó las Referencias de la reunión con una lista de nombramientos de directores de Gabinete para el presidente, las cuatro vicepresidentas y los ministros junto con una reseña biográfica de cada uno de ellos. Al día siguiente, el BOE publicó oficialmente sus cargos. En Sueldos Públicos te contamos el rango que tienen estos perfiles y lo que pueden llegar a cobrar ya que ganan más que el titular del departamento gracias al complemento de productividad, un plus que no perciben los ministros.
Otro contenido que recogió las Referencias es una declaración institucional con motivo de la conmemoración del bicentenario de la creación del Consejo de Ministros. Concretamente fue el pasado 19 de noviembre cuando se cumplieron dos siglos mediante Real Decreto dictado por el rey Fernando VII y dirigido al ministro de Estado, Víctor Sáez. El Ejecutivo reitera en su texto su “compromiso con esta configuración constitucional y legal del Consejo de Ministros y con los principios que la informan. En particular, el servicio al interés general que ya inspiraba su creación en 1823 y que reafirma hoy nuestra Constitución. La responsabilidad, la transparencia y la dedicación al servicio público, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, deben continuar guiando la actuación individual y colectiva del ejecutivo. Igualmente, el Gobierno manifiesta su agradecimiento y consideración a la ingente labor de apoyo y colaboración prestada al Consejo de Ministros por las distintas instituciones y administraciones públicas y, en particular, por los órganos de apoyo y colaboración antes mencionados”.
La primera acta, sin firmar, es del 3 de enero de 1824 y empezaba: “Reunido el Consejo de Ministros en presencia del Rey N.S. el Secretario de Gracia y Just. ª Conde Ofalia, encargado interinamente del Despacho de la primera Secretaria de Estado por la indisposición del Marques de Casa Irujo, llamó la atención del Consejo, para poner en su consideración los tramites y el estado á que llegaban las contestaciones con el Gobierno…”
Órgano colegiado
El Consejo de Ministros es un órgano colegiado del Gobierno de España compuesto por el presidente, el vicepresidente o vicepresidentes (si los hay), y los ministros, según la Ley de Gobierno de 1997. El presidente del Gobierno convoca, preside y establece el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros, mientras que el ministro de la Presidencia actúa como secretario. Actualmente lo forman 23 personas: un presidente, cuatro vicepresidentas y 18 ministros. Algunos son también diputados del Congreso, aunque solo pueden cobrar un sueldo público, pero sí la indemnización exenta de tributación de la Cámara Baja, una cantidad que oscila entre los 963 y 2.018 euros mensuales.
Con los Presupuestos Generales del Estado de 2023 (PGE) en la mano, los 23 miembros del Consejo de Ministros nos cuestan casi 5.000 euros brutos diarios en sueldos públicos (4.894). Son 148.873 euros mensuales. Sánchez cobra 7.500 euros al mes; las cuatro vicepresidentas (Nadia Calviño, Yolanda Díaz, Teresa Ribera y María Jesús Montero) perciben 7.216 euros mensuales cada una; y el resto de ministros, unos 6.618 euros cada uno. La suma anual roza los 1,8 millones, sin contar los trienios de antigüedad de los ministros que son funcionarios y sin contar los costes de la Seguridad Social. No obstante, tenemos una pista de lo que cuesta el sueldo de un ministro, incluidas las cotizaciones sociales tras una respuesta del Gobierno en exclusiva a este digital que publicamos en mayo.Además, hay que tener presente que los PGE de 2024 recogerán un incremento salarial todavía por concretar. Si comparamos, el anterior Gobierno de Sánchez nos costaba casi lo mismo, un poco menos, porque había tres vicepresidencias, no cuatro.
Las reuniones del Consejo pueden ser decisorias o deliberativas, y sus discusiones son secretas. Al final de cada sesión, se levanta un acta que registra el tiempo y lugar de la reunión, la lista de asistentes, los acuerdos adoptados y los informes presentados. Los secretarios de Estado y otros altos cargos pueden asistir a las reuniones del Consejo de Ministros cuando sean convocados por el presidente. Los asistentes deben prometer o jurar mantener el secreto de las deliberaciones y no tienen derecho a voto. Las reuniones se celebran ordinariamente los martes en el Palacio de La Moncloa en Madrid, aunque pueden celebrarse en otros días o lugares si el presidente del Gobierno lo estima conveniente. Por ejemplo, en los Gobiernos de Rajoy o Zapatero las reuniones eran los viernes. En situaciones excepcionales, el Consejo de Ministros puede celebrar sesiones, adoptar acuerdos y aprobar actas a distancia por medios electrónicos, siempre que los miembros participantes se encuentren en territorio español y se pueda verificar su identidad.
Por otro lado, la Comisión General de secretarios de Estado y subsecretarios es un órgano de apoyo al Gobierno que examina todos los asuntos que se someterán a la aprobación del Consejo de Ministros, excepto los nombramientos, ceses, ascensos o cualquier empleo de la categoría de oficiales generales y aquellos que, excepcionalmente y por razones de urgencia, deban ser sometidos directamente al Consejo de Ministros. Lo preside el actual ministro de la Presidencia y Justicia, Félix Bolaños.
Cada ministerio presenta una lista de lo que, a su parecer, debe examinar el Consejo de Ministros. Estos índices parciales se combinan para formar el índice negro, que contiene todos los asuntos a tratar. A partir de esto, se elabora el orden del día definitivo y se organizan los asuntos en dos grupos: el índice verde, que contiene los asuntos informados favorablemente por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, y el índice rojo, que contiene los temas que deben someterse a una deliberación especial.
El Secretariado del Gobiernoes una entidad que brinda apoyo al Consejo de Ministros y asiste al ministro-secretario del mismo. Sus responsabilidades incluyen el envío de convocatorias a los miembros del Gobierno, la custodia y archivo de las convocatorias, órdenes del día y actas de las reuniones, la mejora de la calidad técnica de las disposiciones aprobadas por el Ejecutivo y la garantía de la publicación correcta y fiel de las disposiciones y normas en el Boletín Oficial del Estado.
Las actas, secretas
Las actas del Consejo de Ministros, según la web de La Moncloa, se elaboran siguiendo un riguroso procedimiento administrativo que requiere la aprobación expresa de todos los ministerios y culmina con su firma por parte del ministro de la Presidencia y el presidente del Gobierno. Una vez firmadas, se almacenan en el Archivo Central del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. La acta más antigua que se conserva data del 3 de enero de 1824.
Las actas no son de dominio público, ya que su acceso podría comprometer la confidencialidad y el secreto de las deliberaciones del Consejo de Ministros, tal y como establece la ley. Hasta la fecha, se han publicado oficialmente varios volúmenes correspondientes a diferentes períodos de la historia política de España. Después de las reuniones del Consejo de Ministros, el ministro que actúa como portavoz del Gobierno, ahora es la ministra de Educación, Pilar Alegría, ofrece una rueda de prensa para informar sobre los acuerdos alcanzados. Esta rueda de prensa se transmite en directo en la web de La Moncloa y en las redes sociales del Gobierno.
Además, el Gobierno elabora una Referencia del Consejo de Ministros que hemos mencionado al inicio de este artículo. Se trata de un documento que informa sobre los temas tratados y que está disponible para los periodistas y para todos los ciudadanos en la web de La Moncloa. Este documento no es el acta de la reunión y no tiene validez jurídica. Normalmente, hay que esperar al BOE del día siguiente.
Carles Torrijos
Fundador y director de Sueldos Públicos