domingo, octubre 6, 2024
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El Tribunal Constitucional estudiará la posible anulación de la condena por malversación a José Antonio Griñán

Proponen anular la condena por malversación al expresidente, José Antonio Griñán, en el caso de los ERE fraudulentos

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El Tribunal Constitucional (TC) revisará a partir del 16 de julio una ponencia que propone anular la condena por malversación al expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, en el caso de los ERE fraudulentos.

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Fuentes jurídicas han confirmado que la propuesta, elaborada por la vicepresidenta del tribunal, la magistrada Inmaculada Montalbán, sugiere anular la sentencia actual y ordenar a la Audiencia Provincial de Sevilla que dicte una nueva, según ha informado ‘El Español’.

Griñán fue condenado a seis años de cárcel y 15 de inhabilitación por prevaricación y malversación, aunque su ingreso en prisión fue suspendido debido al cáncer que padece. Las fuentes consultadas han señalado que es probable que la mayoría progresista del TC respalde la ponencia de Montalbán y exima a Griñán del delito de malversación.

El Constitucional analizará el recurso de Griñán después de haberse pronunciado sobre los de otros siete condenados por el caso de los ERE. Hasta ahora, las sentencias del tribunal han supuesto la libertad de tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía: la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo y el exdirector del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar.

Respecto al delito de prevaricación, el borrador de la sentencia relativa a Griñán insiste, como ya lo hizo el Constitucional en casos anteriores, en que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación por el Parlamento de Andalucía no puede constituir este delito.

En las últimas semanas, el Constitucional ha deliberado sobre los recursos de ex altos cargos que, aunque todos fueron condenados por los ERE, participaron de manera diferente en el sistema de concesión de ayudas sociolaborales. Las fuentes consultadas explican que, aunque hay una línea argumental común, cada caso tiene sus propios matices, ya que no todos los condenados ocuparon los mismos cargos ni actuaron en los mismos años.

Una de las mayores diferencias radica en el paraguas legal que, según el TC, tuvieron aquellos que participaron entre 2002 y 2009, cuando se elaboraron y aprobaron los anteproyectos y proyectos de leyes de presupuestos andaluces, frente a los que lo hicieron entre 2000 y 2001, cuando todavía no existía esa ley de presupuestos y solo se hicieron modificaciones.

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