La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a siete años y medio de prisión a una mujer por contratar a un hombre con la intención de asesinar a su marido, quien finalmente resultó herido en un intento fallido. La sentencia también impone seis años de cárcel al varón que aceptó el encargo y lo llevó a cabo, aunque sin éxito.
El tribunal ha considerado a la mujer como cooperadora necesaria en un delito de asesinato en grado de tentativa, aplicando la agravante de parentesco debido a la relación con la víctima. Por su parte, el hombre contratado fue condenado como autor directo del mismo delito, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
En la sentencia, emitida tras un acuerdo entre la Fiscalía, la defensa y la acusación particular, ambos procesados admitieron los hechos durante la vista oral, lo que facilitó una resolución rápida. Según el fallo, el tribunal subraya que el reconocimiento de los acusados fue respaldado por abundante prueba documental.
El caso se remonta al 13 de enero de 2023, cuando la mujer contrató al otro procesado por 4.000 euros para que acabara con la vida de su marido. Esa noche, mientras la pareja se encontraba dentro de un coche estacionado en Sestao, la mujer fingió recibir una llamada telefónica y salió del vehículo, dejando la puerta abierta. En ese momento, el hombre entró en el coche, golpeó al marido en la cara y le causó heridas en el cuello con un objeto punzante.
A pesar del ataque, la víctima consiguió resistir y escapar, evitando así el asesinato. El tribunal subraya que el hecho de que las heridas fueran en el cuello, una zona crítica del cuerpo, demuestra el dolo homicida de los procesados. Las lesiones sufridas incluyeron tres heridas inciso-contusas en la zona cervical y otra en la mano izquierda.
Además de las penas de prisión, los condenados deberán indemnizar de manera solidaria a la víctima con 1.025 euros por los daños físicos. Asimismo, el tribunal ha prohibido a ambos comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros por periodos de 15 años para la mujer y 12 años para el otro procesado.
La sentencia es firme y no admite recurso.