¿Cuántas anécdotas podrías contar en tus estancias en un aeropuerto y al subir en un avión? Desde perder el vuelo, una maleta rota o que llega al día siguiente, tener que dejar un bote de perfume carísimo porque no lo has facturado y pesa más de 100 ml, un retraso de varias horas que provoca que pierdas una escala en otro destino y los vales de comida de la aerolínea no sirven porque los restaurantes están cerrados, un vuelo movido con muchas turbulencias, incluso una despresurización de la cabina o un aterrizaje de emergencia sin consecuencias para los pasajeros y la tripulación. Seguro que has visto decenas de películas y vídeos en las redes sociales con imágenes de aeropuertos saturados de pasajeros, pistas llenas de nieve que imposibilitan su uso o fortísimos vientos que hacen complicado el aterrizaje.
Desgraciadamente, y aunque volar sigue siendo el medio de transporte más seguro, según las estadísticas, hay anécdotas con mal sabor de boca, incluso irreparables. ¿Y si hay un coche en medio de una pista que no debe estar ahí? ¿Cómo registra todo ello el operador estatal de navegación aérea AENA en España? La pregunta se presentó por escrito en la Cámara Baja el 28 de agosto, la firmaba la diputada de Esquerra Republicana de Cataluña, Inés Granollers, y el Ejecutivo respondió la semana pasada. Se investiga que el 21 de julio un vehículo entró en pista mientras un avión, supuestamente del tipo A350 que llevaba 330 pasajeros, despegaba en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.
El Grupo Republicano explica en su escrito que las incidencias en los aeropuertos son parte del día a día de sus responsables, empleados, responsables de seguridad y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Ahora bien, un incidente leve o grave no es lo mismo que un accidente, ni una catástrofe meteorológica ni un acto terrorista. Granollers detalla que “se conoce como incursión en pista a todo suceso en un aeródromo que suponga la presencia incorrecta de una aeronave, vehículo o persona en la zona protegida de una superficie designada para el aterrizaje o despegue de una aeronave”. En el marco del Programa Estatal de Seguridad Operacional (PESO), se han identificado dentro del Plan de Acción de Seguridad Operacional (PASO) trece áreas prioritarias de seguridad operacional. Una de estas áreas prioritarias es incursiones en pista.
Por parte de ENAIRE se promociona la ‘cultura justa’, entendida como “aquella en la que no se castiga al personal por sus acciones, omisiones o decisiones cuando son acordes con su experiencia y capacitación, si bien no se toleran el dolo, la negligencia flagrante, las infracciones intencionadas ni los actos destructivos”. El objetivo de la Cultura Justa es la de crear una atmósfera de confianza y basado en el no punitivismo.
Concretamente, los republicanos lanzan siete preguntas: ¿Reconoce el Gobierno que el pasado mes de julio sucedió una incursión en pista en el aeropuerto de Madrid-Barajas? ¿Puede detallarse el incidente? ¿qué análisis y conclusiones han sacado la AESA, Enaire y AENA? – ¿El personal de AENA y ENAIRE ha tenido que declarar ante la Guardia Civil debido a esta incursión? ¿En calidad de qué? ¿Qué papel juega la Guardia Civil en la investigación de un tema de Seguridad Operacional no intencionado? – ¿Qué número de incursiones en pista ha habido en los aeropuertos de AENA desde 2015 a la actualidad? Desglosar por aeropuertos y años ¿Está el Gobierno de acuerdo en que estas cuestiones se traten desde la Seguridad Operacional y no desde un punto de vista punitivo? ¿Se cumple así el concepto de cultura justa?
En una respuesta firmada el pasado 9 de octubre a la que ha tenido acceso Estrella Digital, el Gobierno de Sánchez responde a Granollers a partir de las competencias del Ministerio del Interior. Así, se reconoce que “el 21 de julio de 2024 un vehículo accedió a una de las pistas del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, coincidiendo con una aeronave que se encontraba en fase de despegue. En particular, dicho vehículo ingresó en la pista 36L sin la debida autorización de la Torre de Control. Al detectar la presencia del vehículo, la Torre de Control solicitó al Coordinador de Operaciones en el Área de Movimiento (COAM) que adoptara las medidas oportunas para la identificación de éste”. Este incidente está clasificado como una incursión en pista, un tipo de suceso considerado crítico en el ámbito de la aviación, ya que podría haber derivado en un grave accidente aéreo.
La investigación de estos hechos es esencial para prevenir accidentes que puedan poner en peligro la vida de pasajeros, tripulaciones y personal de tierra, por lo que, en cumplimiento de estas funciones, la Guardia Civil llevó a cabo investigaciones para identificar las causas de la incursión. Una vez que la Guardia Civil tuvo conocimiento de que AENA y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) habían iniciado un procedimiento de investigación, siendo esta última la autoridad competente, no se realizó ninguna diligencia adicional.
Por último, la respuesta señala que la Guardia Civil colabora con AESA y AENA en un análisis continuo de los procedimientos y normativa de seguridad. En este contexto, la Guardia Civil es miembro permanente del Comité Local de Seguridad, donde se elaboran informes de calidad que se trasladan a los responsables de cada área para la implementación de medidas correctivas o, en su caso, se redactan informes de denuncia para que la autoridad competente determine las acciones oportunas.
Guardia Civil
También con fecha de 9 de octubre, este digital ha tenido acceso a otra respuesta del Gobierno a una pregunta del senador Aniceto Javier Armas, de Agrupación Herreña Independiente (AHI) que pertenece al Grupo Parlamentario Plural en el Senado. Armas solicitaba conocer el estado actual de la investigación que lleva a cabo la Benemérita. Lamentablemente, todavía no hay una respuesta clara ya que “en la actualidad esta investigación se encuentra en curso por lo que no se dispone de las conclusiones sobre la misma”.
No obstante, el Ejecutivo explica de manera didáctica los pasos que se han dado desde que Aena tuvo conocimiento del incidente. Tanto el gestor aeroportuario en coordinación con el Proveedor de Servicios de Tránsito Aéreo (ENAIRE) y con el proveedor de servicios al que pertenecen los trabajadores involucrados en el mismo, tienen como objetivo “aclarar los sucedido”: recopilación de información disponible en los partes aeroportuarios y del control de tráfico aéreo, testimonios del personal involucrado, la obtención de la evidencias de formación de los implicados, visualización de la imágenes y trazas de radar.
Además, cuando se informa a la Guardia Civil se activa un protocolo con unas normas de actuación: notificar el incidente/accidente al Centro de Gestión Aeroportuaria del aeropuerto de manera telefónica. Si es necesario deberán estar presentes los servicios médicos o los del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios de la terminal. El mencionado Centro avisará al coordinador de Operaciones del Área de Movimiento para que acuda al lugar de los hechos y lo señalará y levantará acta-informe si es necesario. El propio coordinador solicitará la presencia de la Guardia Civil para realizar las pruebas necesarias por si el personal involucrado tiene una “posible intoxicación etílica”. También se podrá realizar el control del consumo de drogas. Si hay heridos graves y fallecidos, la Guardia Civil podrá redactar el atestado oportuno. La respuesta sostiene que el coordinador que estaba de turno informó a los agentes de que el incidente estaba siendo investigado según lo recogido en el Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional del aeropuerto, tras lo cual la Guardia Civil no continuó con la investigación ni emitió informe sobre este asunto.
Por último, se insiste en un concepto que la diputada Granollers citaba en la introducción de su pregunta ya que el análisis del incidente en el marco del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional se realiza con base en los principios de ‘cultura justa’, que establecen que la investigación de sucesos se realizará con el único objetivo de identificar las causas y mejoras en la actuación del sistema y los factores contributivos, y no para culpabilizar o focalizar las responsabilidades individuales, excepto en los casos de acciones dolosas, negligencias o imprudencias graves. En ningún caso la ‘cultura justa’ amparará conductas inaceptables desde el punto de vista de Seguridad Operacional, como son la negligencia grave o el sabotaje.
Carles Torrijos
Fundador y director de Sueldos Públicos
AENA ya no es el «el operador estatal de navegación aérea en España». Eso lo es Enaire.
AENA es el operador estatal de los Aeropuertos Españoles, y ni siquiera de todos, que no es lo mismo.
Hola muy interesante esto que cuentan que tremendo que pasen estas cosas
GRACIAS POR INFORMAR
si no es por medios como este no nos enteramos