miércoles, octubre 23, 2024
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El Tribunal Superior de Castilla-La Mancha rebaja la condena a Pepe Lomas, condenado por homicidio tras disparar a un intruso

La Sentencia de apelación entiende que el condenado actuó ante una entrada ilegítima y delictiva en su propiedad, pero que la defensa que esgrimió efectuando dos disparos a la víctima fue desproporcionada

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha emitido una sentencia de apelación en la que se rebaja la pena impuesta a José María Lomas, también conocido como el anciano justiciero, condenado por homicidio doloso. El hombre fue juzgado por disparar y causar la muerte de un intruso que entró a robar en su finca durante la madrugada.

Legítima defensa y error vencible

El TSJ de Castilla-La Mancha ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del condenado, alegando que en su conducta concurre la legítima defensa putativa por error vencible. Según el tribunal, el anciano actuó bajo la creencia errónea de que su vida estaba en peligro al ver al intruso con una motosierra en las manos, lo que interpretó como una amenaza potencial, aunque no estaba encendida ni en posición de ataque.

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La sentencia señala que la situación de agresión ilegítima se ve evidenciada por la entrada forzada del fallecido en una finca aislada, donde el acusado no podía recibir auxilio inmediato. Sin embargo, el tribunal también considera que el anciano actuó precipitadamente, disparando a corta distancia y sin dar una advertencia previa, lo que podría haber evitado el fatal desenlace.

Reducción de la condena y responsabilidad civil

A pesar de reconocer el error en la percepción de Lomas, la Sala de lo Civil y Penal ha decidido reducir la pena de seis años y tres meses de prisión a nueve meses y cuatro días, aplicando la eximente incompleta de trastorno mental y la atenuante de confesión cualificada.

En cuanto a la responsabilidad civil, la sentencia también ajusta las indemnizaciones que la Audiencia Provincial de Ciudad Real había establecido para la familia del fallecido. Las cuantías se han reducido al considerar la falta de vinculación entre los familiares directos y la víctima, así como la conducta culpable del fallecido al irrumpir ilegalmente en la propiedad para cometer un robo.

Exoneración de la aseguradora

Otro de los puntos destacados de la sentencia es la estimación del recurso presentado por la aseguradora de la escopeta utilizada en el incidente. La compañía ha sido exonerada del pago de la responsabilidad civil al entender que el uso del arma en un contexto de defensa personal queda fuera del riesgo cinegético cubierto por la póliza.

Posibilidad de recurso

La sentencia, que aún no es firme, permite que las partes presenten un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que podría reabrir el caso para un análisis final.

Este fallo marca un precedente en casos de legítima defensa y el uso de armas en situaciones de peligro percibido, señalando la necesidad de proporcionalidad en la respuesta ante una agresión, incluso cuando se actúa bajo un error de interpretación de los hechos.

Sentencia TSJCLM 18 octubre 2024Abre en nueva ventana

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