miércoles, octubre 23, 2024
- Publicidad -

Solo dos entidades privadas que reciben dinero público cumplen el 100% de las obligaciones de transparencia y hay dos que sacan un cero

El CTBG publica los informes de evaluación 2024 con un análisis de 79 entidades seleccionadas aleatoriamente: una fundación de una ONG de infancia y una ONG de ámbito rural, ‘los mejores de la clase’

No te pierdas...

Si tenías dudas sobre el destino del dinero que donas a una ONG, si sirve para algo, se usa de manera correcta y tienes herramientas sencillas para comprobarlo, hay un ejemplo claro que se ha dado a conocer este martes. Como si se tratara de una inspección sin criterio alguno aparente en una aduana o en la frontera, cuando piensas que tendrás que bajarte del coche y abrir el maletero para que un agente de la Policía o la Guardia Civil lo registre. ¿Lo has vivido? ¿Recuerdas pasar el arco de seguridad en un aeropuerto y tener que enseñar las manos para que un empleado pase una especie de papel blanco sobre tus palmas y dedos para comprobar si tienes restos de explosivos? ¿Por qué te ha tocado varias veces? Respuesta: decisión aleatoria.

Pues eso mismo es lo que ha hecho el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno con su último informe de evaluación 2024 de las obligaciones de publicidad activa al analizar 79 entidades “seleccionadas aleatoriamente que reciben determinado volumen de fondos públicos”. El objetivo es comprobar “si publican en sus páginas web la información de interés público que están obligadas a publicar, y si lo hacen adecuadamente conforme a la Ley de Transparencia”. Y hay resultados dispares. Los más listos de la clase son dos, que sacan matrícula de honor; hay dos que directamente no han respondido, en pocas palabras, a ninguna pregunta del ‘examen’ y obtienen cero puntos. Con todo, la calificación media podría ser mejor ya que, aunque los resultados de la evaluación muestran notables diferencias según la entidad, el Índice Medio de Cumplimiento de la Información Obligatoria es solo del 37,6%: únicamente publican 4 de cada 10 informaciones obligatorias y con frecuencia no indican cuándo se actualizó la información.

El Consejo proporciona en sus informes de evaluación una serie de recomendaciones específicas para que las entidades puedan mejorar sus niveles de cumplimiento. El 68% de las 56 entidades privadas que ya fueron evaluadas en 2023 no han aplicado ninguna de las recomendaciones. Es decir, casi siete de cada 10 no han hecho caso a lo que les dice el CTBG. Entonces, ¿cómo justificamos el sueldo público del presidente del organismo, José Luis Rodríguez Álvarez, que el año pasado cobró casi 125.000 euros brutos incluidos nueve trienios y el resto del personal directivo no bajó de los 90.000 euros? Sin ir más lejos, en agosto dimos cuenta del nuevo estatuto del Consejo, con una nueva Secretaría General y un Gabinete de apoyo.

Concretamente, la selección de las entidades evaluadas se ha efectuado mediante muestreo aleatorio estratificado según tipo de entidad perceptora de subvenciones o ayudas públicas por cuantía superior a 500.000 euros en el periodo de un año, a partir de la información contenida en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. De las 79 entidades analizadas, 56 ya habían sido evaluadas en 2023 por el Consejo, y 23 entidades han sido analizadas por primera vez. Queda demostrado que un porcentaje de entidades hacen caso omiso a las recomendaciones del Consejo. Sin multas no hay incentivo para hacer las cosas bien.

Aunque existen notables diferencias en cuanto a cumplimiento entre entidades, el informe del CTBG muestra que el grado medio de cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley de transparencia por parte del conjunto de las 79 entidades evaluadas se sitúa en tan sólo el 37,6%. Para obtener el dato del Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (ICIO), el Consejo evalúa si las entidades publican o no las informaciones a las que están obligadas y si lo hacen adecuadamente (con suficiente grado de actualización, accesibilidad, en formatos reutilizables, etc.). Las entidades privadas obligadas por la ley tienen que publicar información de carácter institucional y organizativa (como sus organigramas y perfil y trayectorias de sus responsables), y de tipo económico y presupuestario (contratos y subvenciones que les hayan adjudicado las administraciones públicas, cuentas anuales, informes de auditoría, retribuciones anuales de sus máximos responsables, etc.).   

El bajo ICIO obtenido por el conjunto de las entidades privadas analizadas en 2024 se explica, por una parte, por la falta de publicación de informaciones obligatorias: las entidades evaluadas no publican el 60,1% de ellas, es decir solo se publican cuatro de cada 10 contenidos obligatorios. Por otra parte, el Consejo ha constatado que muchas de estas entidades no incluyen referencias que permitan conocer a la ciudadanía el grado de actualización de la información publicada.

Llama la atención que un 68% de las entidades que fueron evaluadas en 2023 por el Consejo no ha aplicado ninguna de las recomendaciones que les hizo la institución para ayudarles a mejorar su cumplimiento, dirigidas, fundamentalmente, a facilitar a los ciudadanos la localización, la accesibilidad y la comprensión de la información. Sólo un 7% de las entidades aplicó el 80% o más de las recomendaciones efectuadas. En estas entidades que aplicaron gran parte de las recomendaciones del Consejo, el incremento medio del ICIO supera los 54 puntos porcentuales.

Es el caso, por ejemplo, de la Fundación Save The Children, dedicada a la protección de la infancia, y de la Confederación de Centros de Desarrollo Rural (COCEDER), que alcanzan un 100% de cumplimiento tras aplicar todas las recomendaciones que les realizó el Consejo en 2023. Por el contrario, los últimos de la lista son las empresas Logroza SL y Avalteltelecom S.A. La primera desarrolla su negocio de transporte de viajeros por carretera y tiene su sede en Logroño. La segunda se dedica a las telecomunicaciones, fibra, teléfono y televisión y su sede está en Madrid.

Obligación y evaluación

La Ley de transparencia establece obligaciones de publicidad activa para los órganos y organismos del sector público, pero también para las entidades privadas que reciben un determinado volumen de ayudas o subvenciones públicas. En concreto, el artículo 3 de la LTAIBG establece que tienen obligaciones de publicidad activa “las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros”, según el comunicado consultado por este digital.

Tabla Ctbg Informe 2024 1

El Consejo lleva evaluando las obligaciones de transparencia de este grupo de sujetos obligados por la Ley de transparencia desde el año 2020. Hasta la fecha, ha evaluado 210 entidades privadas (162 de ellas, en dos ocasiones). 

Conclusiones y recomendaciones

Casi el 49% de las entidades evaluadas cuenta con un portal de transparencia que, en el 52,6% de los casos, se encuentra ubicado en un lugar visible de su web institucional. Para facilitar la localización y la accesibilidad a la información, sería deseable que todas las entidades contasen con un espacio diferenciado para la publicación de la información sujeta a obligaciones de publicidad activa. El 68% de las entidades evaluadas por primera vez en 2023 no ha aplicado ninguna de las recomendaciones efectuadas por este Consejo. Respecto de 2023, la proporción de entidades evaluadas que no ha aplicado ninguna recomendación ha aumentado en 20 puntos porcentuales (p.p).

La finalidad de las recomendaciones es conseguir mejorar los niveles de cumplimiento de la LTAIBG por parte de los sujetos obligados. Por esta razón, es importante que las entidades evaluadas las apliquen. Solo de esta manera es posible avanzar. De hecho, entre las 11 entidades que han aplicado al menos el 40% de las recomendaciones efectuadas, el incremento del Índice de Cumplimiento de la Información Obligatorias se sitúa en más de 40 p.p. En promedio, la proporción de informaciones obligatorias que se publican alcanza el 40%, 5 p.p. más que en 2023, aunque existen diferencias entre bloques de información y una gran variabilidad entre las entidades evaluadas. La primera recomendación, obviamente, es la publicación de todas las informaciones obligatorias.

En cuanto a la falta de publicación de algunas informaciones por no haber existido actividad en ese ámbito concreto, el Consejo reitera que la única manera de distinguir si la falta de publicación de una información sujeta a obligaciones de publicidad activa se debe a un incumplimiento de la obligación de publicar o a que no hay información que publicar porque no ha habido actividad en ese ámbito concreto, es que se indique tal circunstancia. Por esta razón, este Consejo recomienda que en el apartado correspondiente a la obligación de publicidad activa para la que no ha existido actividad o cuando no sea posible su publicación porque existan restricciones legales, se haga constar expresamente. Para Estrella Digital, que lleva años consultando Portales de Transparencia, se evitaría, por ejemplo, la sensación de dejadez y abandono de decenas de portales de transparencia, que conservan un esqueleto y subsecciones, pero están vacías de contenido o no están actualizadas.

Sobre los criterios de calidad de la información publicada, las entidades obtienen una valoración que, en promedio, se sitúa en el 37%, lo que deriva de la falta de publicación de contenidos obligatorios y, también, de la falta generalizada de referencias que permitan saber si la información publicada está vigente. En promedio, el Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (ICIO) alcanza un 37,6%. Algunas entidades publican información adicional a la obligatoria que es relevante desde el punto de vista de la transparencia, lo que constituye una muestra de su proactividad respecto de la transparencia y la rendición de cuentas. Sin embargo, muchas menos entidades presentan buenas prácticas que podrían ser aplicadas por otras entidades, lo que se explica por la falta de espacios específicos en las webs institucionales en los que agrupar la información sujeta a obligaciones de publicidad activa.

Carles Torrijos

Fundador y director de Sueldos Públicos 

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -