sábado, noviembre 23, 2024
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Ábalos será investigado por el Supremo como figura clave en caso Koldo

La Sala Penal ve claros indicios en los delitos de organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha decidido este jueves abrir una causa contra el exministro de Transporte y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, al ver indicios de cuatro delitos correspondientes al caso Koldo: organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación.

De este modo, la Sala Penal da inicio oficial a la investigación a Ábalos, designando instructor al magistrado Leopoldo Puente, después de que el juez Ismael Moreno de la Audiencia Nacional (AN) propusiera su investigación por su «papel principal» en la citada trama.

En la exposición razonada que el juez remitió al TS se señalaba «la existencia de indicios fundados y serios, una imputación clara y concreta o apoyo probatorio, que evidencia la presunta participación de Ábalos» en los hechos.

“Resulta, pues, imprescindible continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos de la persona aforada José Luis Ábalos Meco, siendo competente para ello esta Sala”, añade.

Incorporación de un nuevo delito

Posterior a la revisión de la exposición razonada del juez Moreno, la Sala concluye que “los hechos descritos, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, pudieran ser constitutivos, de acuerdo con la exposición razonada, de un delito de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, de cohecho y de malversación”.

El último delito de malversación es incorporado por el Supremo a la causa tras analizar la resolución, ya que no se encontraba en la inicial exposición razonada.

Se devuelve a la Audiencia Nacional al resto de investigados

Además, en la decisión comunicada hoy, la Sala Penal ha acordado asumir solo la investigación del exministro Ábalos y mantener el resto de personas implicadas en la causa en la Audiencia Nacional, salvo cuando se aprecie una conexión material inseparable con los hechos investigados respecto al exministro.

Se expone que «en consecuencia, la extensión de la competencia a hechos cometidos por personas no aforadas ante el TS solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los investigados a las personas aforadas».

Igualmente, el TS pide a la AN que le sea remitido «cuantos datos resulten de las diligencias que se practiquen y que tengan relación con los hechos atribuidos provisionalmente» a Ábalos.

Claras influencias en una situación de emergencia

En relación a la trama, el Supremo la cataloga como «un grupo de personas identificadas que aprovechan la situación de emergencia derivada de la pandemia por el COVID, en aspectos relacionados con la adquisición, por vía de urgencia y emergencia, de material sanitario».

Indica que «el grupo de personas disponían de información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que les permitió realizar una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana».

El Supremo asume que Ábalos pudo ser un punto de unión con las entidades públicas al destacar que «la organización, aprovechando la condición del aforado de Secretario de Organización del partido político PSOE, participó en las contrataciones de otras administraciones». Igualmente apunta que Koldo García, ex asesor de Ábalos, «intervenía activamente en la contratación» y «realizaba operaciones para ocultar cobros recibidos de la organización».

Dos claros indicios: una casa y un apartamento

El Supremo cita en su auto dos indicios considerados como claros a la hora de vincular a Ábalos con la trama. En primer lugar, «la adquisición y disfrute de una vivienda en la urbanización La Alcaidesa, Cádiz y, en segundo lugar, los pagos del alquiler de un apartamento en Madrid «que era utilizado por una persona, Jéssica Rodríguez, con la que el aforado se encontraba, al parecer, relacionado».

Además, destaca el Supremo que «esta persona trabajaba por cuenta ajena en empresas públicas dependientes del Ministerio y había formado parte del grupo de personas que acompañaron al ministro en viajes oficiales”.

Finalmente, el TS deja abierta la posibilidad de asumir la investigación de más hechos que tengan relación con esta investigación principal.


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