La Audiencia Provincial de Sevilla ha sentenciado a 24 años y 9 meses de cárcel a un joven por el asesinato de su pareja menor de edad en febrero de 2023. El fallo incluye condenas por malos tratos habituales, amenazas graves, lesiones y tenencia ilícita de armas, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.
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Una condena ejemplar
El acusado ha recibido una pena de 21 años de prisión por el delito de asesinato, agravado por las circunstancias de parentesco y género, además de la prohibición de residir o acudir a El Rubio y de comunicarse con la madre de la víctima durante 15 años. También ha sido condenado a penas adicionales por otros delitos: seis meses por malos tratos habituales, seis meses por lesiones, dos años por amenazas graves y nueve meses por tenencia ilícita de armas.
Asimismo, el joven deberá indemnizar con 91.649,72 euros a la madre de la fallecida, tras haberse aplicado la atenuante de reparación del daño al consignar previamente 30.000 euros, que serán entregados a la familia una vez la sentencia sea firme.
El veredicto: violencia sistemática y asesinato premeditado
El jurado popular concluyó que el acusado, de forma habitual, golpeaba e insultaba a su pareja, una menor de 17 años, ejerciendo sobre ella una posición de dominación y cosificación. La sentencia describe cómo, en enero de 2023, el joven llegó a golpearla en la cabeza y la cara, además de amenazarla verbalmente con frases como “te voy a volar los sesos”.
El trágico desenlace tuvo lugar en una parcela de El Rubio, entre la 1:00 y las 4:00 horas del 27 de febrero de 2023. Según el fallo, tras una discusión, el condenado tomó una escopeta, se situó sobre la joven, anulando cualquier posibilidad de defensa, y disparó a quemarropa, causándole la muerte inmediata.
Sin posibilidad de defensa ni justificación por consumo de drogas
La Audiencia recalca la “perversidad” del ataque, destacando que la víctima no tuvo forma de protegerse ante el acto violento. Además, aunque el jurado reconoció que el acusado era consumidor habitual de alcohol y cocaína, consideró que este hecho no afectó ni a su capacidad intelectual ni a su comprensión de la realidad, por lo que no se le aplicó ninguna atenuante por drogadicción.
Una sentencia que aún puede ser recurrida
La resolución de la Audiencia de Sevilla permite al condenado presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Sin embargo, el fallo supone un precedente contundente en la lucha contra la violencia de género, especialmente en casos de asesinato premeditado y agravado.