El Tribunal Supremo ha condenado al senador del Partido Popular, José Manuel Baltar, por un delito contra la seguridad vial tras comprobarse que circulaba a más de 200 km/h en un tramo de la autovía A-52, donde el límite máximo permitido era de 120 km/h. La sentencia establece una pena de seis meses de multa, fijada en 10 euros diarios (1.800 euros en total), y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año y un día.
Los hechos: velocidad excesiva y control metrológico por parte del senador
El tribunal ha considerado probado que el acusado conducía un vehículo Volkswagen Passat por la autovía A-52, en el tramo comprendido entre Benavente y Vigo, concretamente a la altura del kilómetro 66,900, dentro del término municipal de Asturianos (Zamora). Según el informe, el senador fue detectado por un radar Autovelox de tipo estático a una velocidad de 215 km/h, superando en más de 80 km/h el límite establecido en esa vía interurbana.
La normativa sobre control metrológico del Estado establece un margen de error del 5 % para este tipo de cinemómetros, lo que ajusta la velocidad registrada a 204 km/h, cifra que sigue estando muy por encima del límite permitido.
Argumentos de la defensa y decisión judicial
Baltar intentó ampararse en el principio de non bis in idem, alegando que ya había sido sancionado administrativamente por los hechos. Sin embargo, el tribunal rechazó esta pretensión al considerar que la sanción administrativa inicial se impuso de manera cautelar, debido a que los agentes de la Guardia Civil no disponían en ese momento de la documentación completa del radar, ya que los hechos ocurrieron en un día festivo.
La sentencia, basada en el artículo 379.1 del Código Penal, destaca que este delito no requiere un peligro concreto para la vida o integridad de las personas, ya que se consuma simplemente al superar los márgenes de velocidad establecidos. La pena asociada puede incluir prisión de tres a seis meses, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, junto con la retirada del permiso de conducción por un período de entre uno y cuatro años.
Contexto y repercusiones
El tribunal subrayó que el delito quedó acreditado gracias a un completo atestado presentado por la Guardia Civil dos días después de los hechos. Este informe incorporaba todas las pruebas necesarias, despejando cualquier duda inicial sobre la velocidad registrada por el radar. Además, la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora había dejado en suspenso el procedimiento sancionador hasta que se resolviera la causa penal.
La condena del senador pone de relieve la responsabilidad de los representantes públicos ante infracciones que comprometen la seguridad vial. Aunque el tribunal optó por imponer la pena mínima solicitada por el Ministerio Fiscal, el caso refuerza la importancia de respetar los límites de velocidad y las consecuencias de incumplirlos, independientemente del cargo o posición social del infractor.
Mensaje de advertencia
La sentencia del Tribunal Supremo no solo sanciona al senador por su conducta, sino que envía un mensaje claro sobre la necesidad de cumplir con las normas de tráfico. La velocidad excesiva sigue siendo una de las principales causas de accidentes en España, y este fallo recuerda que nadie está por encima de la ley.