La Agencia Tributaria ha destapado este miércoles una trama de fraude en el IVA de la importación de productos electrónicos de entre 30 y 40 millones de euros, según confirmaron a Europa Press en fuentes de la Agencia Tributaria, que indicaron que la operación se está llevando a cabo esta mañana con la detención de los implicados y el registro de viviendas.
A lo largo de la jornada, han sido detenidas once personas, entre ellas el considerado como el 'cabecilla' de la trama de fraude en el IVA, que residía en la localidad madrileña de Nuevo Baztán y cuya vivienda ha sido registrada. Junto a él se han detenido a otros diez implicados y se ha llevado a cabo el registro de otras cuatro viviendas situadas en los municipios madrileños de Alcorcón y Coslada y también en Madrid capital.
Con estas detenciones y registros, los efectivos de la Agencia Tributaria que han llevado a cabo la desarticulación de la trama, tanto funcionarios de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) como de Vigilancia Aduanera de Madrid, dan por completada la operación a lo largo de este miércoles, si bien aún continúa el registro de algunas viviendas.
No obstante, fuentes de la Agencia Tributaria aseguran que la operación sigue abierta y no se descarta realizar nuevas detenciones en los próximos días hasta alcanzar una cifra cercana a 25 personas, así como nuevos registros de viviendas, tras la numerosa documentación incautada en los registros realizados a lo largo de esta jornada.
La trama de IVA destapada, que podría haber defraudado entre 30 y 40 millones de euros, operaba en la importación de bienes electrónicos (teléfonos móviles, tabletas, ordenadores) y el fraude que llevaba a cabo consiste en crear una corriente de facturación ficticia paralela a la facturación real de los bienes.
La mecánica del fraude estriba en que los productos, a pesar de viajar directamente a España, eran facturados por empresas situadas en otros países europeos, que eran nominalmente los primeros perceptores de la mercancía, limitándose a su refacturación para otras sociedades ficticias españolas, que tampoco recibían las mercancías y que, a su vez, refacturaban a otras empresas españolas (sociedades pantalla), también creadas para la ocasión, que finalmente facturaban a las distribuidoras reales.
Dado que, de acuerdo con la normativa comunitaria del IVA no procede pagar este impuesto indirecto en las compras intracomunitarias, pero sí en las ventas interiores de España, las empresas españolas tendrían que ingresar unas cantidades de IVA muy elevadas, al no soportar IVA en sus compras y sí repercutirlo en sus ventas.