lunes, noviembre 25, 2024
- Publicidad -

La Comunidad pagará más de dos millones a la empresa de las obras de la M-45

No te pierdas...

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid contra la sentencia que le obligaba a pagar 2.113.993,64 euros a Concesiones Madrid S.A.U, tras la concesión de obra pública de la M-45.

La sentencia, con fecha del 6 de noviembre de 2013, condenaba a la Comunidad de Madrid al pago de facturas complementarias por importes de 68.664,45 euros y 1.708.810,96 euros, más lo intereses de demora de la totalidad de las facturas reclamadas por parte de Concesiones Madrid, S.A.U, tras la realización de la obra pública del tramo N-II a O'Donell en la carretera M-45. Deberá abonar además las costas por un valor máximo de 6.000 euros.

La Comunidad de Madrid interpuso un recurso de casación contra dicha sentencia condenatoria por el contrato de concesión de la «redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de la obra pública de la nueva carretera M-45, tramo N-II a eje O'Donell».

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha reiterado dicha sentencia recurrida señalando que «es la propia Administración» la que interpretó «de forma contraria» los contratos de obra pública de la M-45, algo que en el recurso de casación «pretende contradecir sin seguir los medios que la sentencia recurrida sostiene».

En este sentido, la empresa concesionaria reclamaba esa cuantía como consecuencia de lo recogido en el pliego de condiciones. Éste establecía un sistema acumulativo de pago, por el que la Comunidad abonaría cantidades a la empresa según el número de vehículos que transitaran por la carretera y los kilómetros realizados por éstos.

Sin embargo, la Comunidad aducía que el licitador no especificaba los importes máximos anuales a percibir como subvención autonómica, y que no concretaba que, de no alcanzarse el máximo, el sobrante se sumase a los valores del año siguiente, como defendía la empresa. Es en este punto donde discrepan ambas partes y lo que reclama la concesionaria.

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -