La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, ha advertido este viernes al Ayuntamiento de Zarzalejo de posibles sanciones regionales si sus polémicas becerradas incumplen la ley de protección animal, ya que la Comunidad «tiene capacidad sancionadora» en este asunto.
Preguntada por el tema tras reunirse con el alcalde de Alcorcón, Cifuentes ha indicado que si las becerradas incumplen la normativa el propio presidente del espectáculo «tiene la obligación de suspenderlo» y el Gobierno regional de sancionar al municipio.
«Espero que en las becerradas se cumpla el reglamento de espectáculos taurinos y se evite el sufrimiento cruel e innecesario de los animales. La normativa contempla la lidia y el toreo, pero con limitaciones», ha indicado.
No obstante, la titular del Ejecutivo autonómico ha manifestado que el Gobierno regional y la mayoría de los madrileños «apoyan la fiesta de los toros y su promoción, pero hay que desvincularlo de situaciones muy concretas donde se pueda estar realizando un maltrato específico a algunos animales», ha dicho.
Lo que dice el reglamento
Según el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Madrid, aprobado en 1996, se prohíbe expresamente «herir, pinchar, golpear, sujetar, atar o tratar de cualquier modo cruel a las reses», algo que según los vídeos proporcionados por el Partido Antitaurino contra el Maltrato Animal (PACMA) – se ha producido en becerradas anteriores en Zarzalejo.
Si se produce este tipo de hechos corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a quienes presidan o sean responsables de estos espectáculos efectuar las correspondientes denuncias, para su sanción por parte de la Comunidad. Y es que, siguiendo la normativa, los presidentes de los festejos (el alcalde o edil en quien delegue), están autorizados para suspender un espectáculo en determinados casos, entre ellos «cuando las reses sean objeto de un trato cruel».
Además, la Dirección General de Seguridad de la Comunidad ha avisado que tendrá en cuenta estas circunstancias a la hora de conceder próximas autorizaciones de festejos taurinos populares.
En cuanto al régimen sancionador aplicable a quienes incumplan esta normativa, el reglamento se remite a la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, desarrollada por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.
La norma clasifica como infracciones muy graves, entre otras, «la utilización de animales en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato, puedan ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos antinaturales», así como «los malos tratos y agresiones físicas a los animales».
Las sanciones en los casos 'muy graves' pueden alcanzar los 60.101 euros. La competencia sancionadora reside en la Comunidad de Madrid, en concreto en el consejero de Presidencia para las infracciones graves y muy graves y en el director general de Protección Ciudadana para las leves.