martes, noviembre 26, 2024
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Devuelta la causa sobre el patrimonio de Rato a los juzgados de Madrid

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El juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha devuelto a los juzgados de Madrid la causa en la que investiga el patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, al entender que fue en la capital «donde se residenció toda la actividad criminal» investigada.

En un auto dictado este viernes, el juez señala que los delitos fiscales y de corrupción entre particulares que se imputan a Rato únicamente podrían ser investigados en la Audiencia Nacional si causaran «una grave repercusión a la economía nacional, lo que no se da en el presente caso».

En relación con el delito de blanqueo de capitales, que se investiga por una inversión que una sociedad vinculada a Rato realizó en un hotel de Berlín (Alemania), el juez señala que fue en Madrid «donde se urdió la trama, donde se transfirieron las cantidades de dinero que presuntamente se habrían obtenido ilícitamente, donde se habrían cometido los delitos precedentes y desde donde, en definitiva, se habrían realizado todas las actividades dirigidas a la presunta ocultación y transformación de las ganancias ilícitas».

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 también rechaza por «falta de conexión» que esta investigación deba acumularse a la causa en la que se investiga la fusión y la salida a Bolsa de Bankia, tal y como le pidió la Fiscalía Anticorrupción, que destacó la necesidad de evitar la creación de una «macrocausa» que podría dilatarse en el tiempo.

Conflicto negativo de competencia para el Supremo

El instructor envió el asunto a reparto y volvió a recaer en su juzgado, adoptando el rechazo de la inhibición que dictó en agosto pasado el titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Artal. Este magistrado tiene la posibilidad ahora de plantear un conflicto negativo de competencia que deberá resolver el Tribunal Supremo.

Andreu explica en su resolución que para que su juzgado pudiera asumir la competencia para investigar estos hechos «habría sido necesario o que el delito precedente fuese de competencia de la Audiencia Nacional o que toda la actividad de blanqueo se hubiere producido en el extranjero, lo que no concurre en el presente caso».

Se basa en un acuerdo no jurisdiccional del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que en 2005 dictaminó el llamado «principio de la ubicuidad», según el cual, en casos en los que el delito de blanqueo se haya podido cometer en España y en el extranjero, será competente «el juez de cualquiera de ellas que primero haya iniciado las actuaciones procesales», en este caso Serrano-Artal.

Pagos realizados desde la empresa patrimonial de Rato

En este sentido, Andreu destaca que todas las actividades de las dos empresas que Rato habría utilizado para supuestamente blanquear fondos «se desarrollaron en España», en referencia a los pagos de 474.416,64 y 360.608 euros en los años 2011 y 2012 que la mercantil Albisa (supuesta sociedad pantalla del intermediario Alberto Portuondo) realizó a Krandonara, empresa controlada por una mercantil radicada en Gibraltar (Vivaway) propiedad del expresidente de Bankia.

Estos pagos, según la investigación, se justificaron, aparentemente, como «prestaciones de servicios» efectuados por Krandonara a Albisa cuando en realidad, según los investigadores, se corresponden con comisiones pagadas por dos proveedores de Bankia (Publicis y Zenith Media) que facturaron a la entidad 27,5 y 20,3 millones de euros en los años 2011 y 2012 por una campaña publicitaria sobre los valores de Bankia y otra por la salida a Bolsa.

Como resultado de esos servicios Publicis y Zenith Media realizaron pagos a Albisa por importe de 1,2 millones en 2011 y 778.023,80 en 2012. Esta sociedad transfirió a Krandonara en 2012 un total de 360.698 euros. En la instrucción también constan dos pagos de Krandonara a la sociedad Bagerpleta Gmbh, constructora del hotel de Berlín y participada por Rato en un 44 por ciento, por valor de 420.000 y 75.000 euros, respectivamente.

El juez señala que las transferencias a la sociedad promotora del hotel se produjeron «desde las cuentas corrientes» que la empresa patrimonial de Rato tenía «en las entidades Banco de Santander y Banco de Sabadell en España, limitándose la actividad realizada en el extranjero a la inversión final de los fondos transferidos».

Rato se benefició de esos pagos

Además, Krandonara recibió durante los años 2013 y 2014  ingresos procedentes de Telefónica por valor de 363.000 eruos en cada uno de esos ejercicios. Según la Fiscalía, Rato se benefició de estos pagos, que se correspondían con su labor como consejero para Telefónica, a través de una sociedad denominada Arada, a la que facturaba Krandonara.

Así, conseguía «un importante ahorro fiscal», según el Ministerio Público, por cuanto Rato «no tributó estas percepciones en su IRPF y además tanto Krandonara como Arada declararon pérdidas fiscales e ingresaron cero euros en sus declaraciones de Impuesto de Sociedades de 2013».

Otros imputados

Los fondos presuntamente ilícitos manejados por Rato también se destinaron a «la construcción de un chalet» en la parroquia asturiana de Cabueñes (Gijón), la aportación a un fondo de inversión y el pago de los tributos declarados por Kradonara 2001. Todos estos hechos, según recalca el juez, se habrían cometido en España.

En esta causa, por la que Rato fue detenido el pasado 16 de abril por agentes de Vigilancia Aduanera, dependientes del Ministerio de Hacienda, están imputados, además del expresidente de Bankia, su asesor fiscal, Domingo Plazas, y su presunto testaferro Alberto Portuondo.

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